Manual de Usuario - Módulo de Impuesto Vehicular
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83-
6.5
INAFECTACIÓN ADICIONAL
Aquellos Contribuyentes que gozan de alguna inafectación, deberán registrarla en esta
ubicación. El otorgamiento de la inafectación no es automática, por eso debe ser aprobada y
sustentada por una Resolución que expida la administración. Para ello, ingresar al Menú
“Aplicaciones/Impuesto al Patrimonio Vehicular/Inafectación Adicional”.
El Sistema
considera dos causales al efecto.
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Vehículos de personas Jurídicas que no forman parte del Activo.
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Personas con Autorización Especial por promoción del transporte público Masivo.
Figura N° 172
A.
Registrar Condición de Inafectos
Para ingresar un Contribuyente inafecto, realizar los siguientes pasos:
a.
Dar clic en el botón
.El Sistema presenta la pantalla “Impuesto Vehicular –
Mantenimiento Inafectos”.
b.
Ingresar Doc. Sustentatorio (Resolución).
c.
Seleccionar de la lista el tipo de documento e ingresar el número. El Sistema
automáticamente presenta la información del Contribuyente.
d.
Ingresar los campos: Placa, Condición Especial, Fecha Resolución y Fecha inicio de vigencia
del beneficio.
e.
Dar clic en el botón
.
Figura N° 173
b
c
d
e