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Notas de prensa y comunicados

Ejecutivo presentó proyecto de ley que propone nueva fórmula de cálculo para devolución de aportes a fonavistas

Lima, 22 de abril del 2021.- El Ejecutivo presentó al Congreso de la República un proyecto de ley que complementa la Ley N° 29625, Ley de Devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que dispuso la determinación de una nueva fórmula de cálculo para asegurar que lo devuelto constituya la totalidad de las aportaciones efectuadas por los trabajadores dependientes e independientes.

De acuerdo a la propuesta legislativa, el monto a devolver será la totalidad de las aportaciones del trabajador, actualizada con Tasa de Interés Legal Efectiva vigente, desde el momento del aporte hasta la liquidación de la deuda individual. La devolución será progresiva para cumplir con la Sentencia del TC, y se realiza en base a los recursos recuperados del Fonavi.

En cuanto a los fonavistas que ya recibieron la devolución de aportes, el TC ha señalado que los montos pagados son considerados pagos a cuenta, por lo tanto, se hará un reintegro a los fonavistas a quienes ya se les pagó si del nuevo cálculo resulta que debe reconocérsele y devolvérsele un monto adicional.

Asimismo, en caso existiera una diferencia en el monto a devolver al fonavista entre la aplicación de la fórmula anterior y la nueva fórmula, entonces se considerará para la devolución el monto mayor a favor de este.

De otro lado, considerando el criterio de solidaridad, así como el hecho de que el Fondo es finito, se contempla la posibilidad de establecer un monto máximo razonable a devolver, a efecto de garantizar que la devolución alcance para todos los fonavistas. Este monto máximo se determinaría en función a la cantidad de fonavistas que forman parte del proceso de devolución, los aportes recaudados y los recursos efectivamente recuperados.

Asimismo, la propuesta legislativa considera que, si no se cuenta con información verificada suficiente del aporte mensual al Fonavi, entonces, se reconocerá que el aporte mensual se hizo en base a una RMV o su denominación equivalente a través del tiempo, vigente al momento de tenerse indicios del aporte, con la actualización respectiva.

La devolución no alcanza a quienes se beneficiaron con Fonavi en programas de vivienda, electrificación o saneamiento.

Finalmente, se consideran medidas de simplificación administrativa, optimización de los procedimientos de devolución de aportaciones al Fonavi en lo referente a registro y pago, de los beneficiarios de fonavistas fallecidos, a fin de que puedan cobrar sin tener que recurrir a un proceso de sucesión intestada, para ello se contempla un orden de prelación excluyente.

Cabe recordar que a la fecha se han realizado 19 procesos de devolución, de acuerdo a la devolución de aportes FONAVI dispuesta por Ley N°29625 aprobada en referéndum, devolviéndose S/ 1,346’794,093.72 a 1’084,598 fonavistas.







OFICINA DE COMUNICACIONES