"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
El Despacho Ministerial está a cargo del/de la Ministro/a de Economía y Finanzas, quien es la más alta autoridad política del Sector. Es el titular del pliego presupuestal y representa al Ministerio de Economía y Finanzas.
Funciones del Ministro
El Ministro de Economía y Finanzas tiene las siguientes funciones:
a) |
Orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia económica y financiera, así como la gestión de los sistemas administrativos de su competencia, en el marco de la política general del gobierno; |
b) |
Dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; |
c) |
Sustentar ante el Pleno del Congreso de la República el pliego de ingresos del Proyecto de Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; |
d) |
Presentar y sustentar ante el Congreso de la República, para su aprobación, la propuesta de presupuesto del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas y de los pliegos correspondientes a los organismos públicos adscritos al Sector; y, supervisar su ejecución; |
e) |
Establecer las mediciones de gestión del Ministerio, de los organismos públicos adscritos y empresas públicas vinculadas al Sector; y, evaluar su cumplimiento; |
f) |
Proponer la organización interna del Ministerio y aprobarla de acuerdo con las competencias que le atribuye la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; |
g) |
Supervisar las actividades de los organismos públicos adscritos y empresas públicas vinculadas al Sector; |
h) |
Designar y remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio, y proponer la designación de los titulares de los organismos públicos adscritos y otras empresas públicas vinculadas al Sector; |
i) |
Designar a los representantes del Ministerio ante toda entidad pública o privada que lo requiera; así como en las Comisiones Sectoriales y Multisectoriales que se constituyan; |
j) |
Presidir el Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competitividad y Formalización y el Comité de Asuntos Fiscales, y otros que se determinen por norma expresa; |
k) |
Ejercer el cargo de Gobernador Titular de la República del Perú ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), así como ejercer el cargo de Director Titular de las Acciones de la Serie "A" en el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF); |
l) |
Refrendar los actos presidenciales que atañen al Ministerio; |
m) |
Expedir resoluciones supremas y resoluciones ministeriales en el ámbito de su competencia; |
n) |
Delegar en los funcionarios del Ministerio las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función como Ministro/a de Estado, siempre que la normatividad lo autorice; |
o) |
Aprobar el Programa Multianual de Inversiones del Sector y sus actualizaciones, los demás instrumentos y/o documentos a que se refiere el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como autorizar su ejecución; y, |
p) |
Ejercer las demás funciones que le encomiende la Constitución Política del Perú, las leyes y el/la Presidente/a Constitucional de la República. |