La Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado es el órgano de línea encargado de proponer, dirigir, articular, implementar y evaluar las políticas para el desarrollo del sistema financiero, y de los mercados de capitales, de seguros, y previsional privado; promoviendo la competencia, la transparencia de la información y la canalización eficiente de recursos financieros y de capitales; contribuyendo a la ampliación de la cobertura y funcionamiento eficiente del mercado de seguros y los regímenes previsionales privados. Depende del Despacho Viceministerial de Economía. |
|
Funciones de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado |
|
Son funciones de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado las siguientes: |
|
a) |
Coordinar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales para el desarrollo del sistema financiero, y los mercados de capitales, de seguros y previsional privado; |
b) |
Coordinar con los sectores y entidades correspondientes la formulación de políticas relacionadas al desarrollo del sistema financiero y los mercados de capitales, de seguros y previsional privado, en concordancia con la política económica general del país; |
c) |
Articular, evaluar y dirigir la implementación de lineamientos de política de inclusión financiera, que contribuyan al desarrollo económico descentralizado, en el marco de la estabilidad financiera; |
d) |
Formular y coordinar la estrategia del Sector en las negociaciones sobre comercio y procesos de integración de servicios financieros, de capitales, de seguros y regímenes previsionales privados, en coordinación con las Direcciones Generales competentes del Ministerio y los organismos pertinentes; |
e) |
Dirigir la prestación de la asistencia técnica y la promoción del desarrollo de competencias en las entidades del sector público, en la aplicación de las normas, procedimientos y metodologías en las materias del sistema financiero y los mercados de capitales, de seguros y previsional privado; |
f) |
Proponer y coordinar con los órganos y entidades correspondientes, medidas que permitan la adecuada gestión de los riesgos del sistema financiero, y los mercados de capitales, de seguros, y previsional privado; |
g) |
Coordinar el desarrollo e implementación de programas, acciones y actividades dirigidas a prevenir y combatir el lavado de activos a través de los mercados financieros; |
h) |
Emitir opinión técnica sobre propuestas normativas relacionadas con el sistema financiero y los mercados de capitales, de seguros y previsional privado; y, |
i) |
Las demás funciones que le asigne el/la Viceministro/a de Economía o aquellas que le corresponda por norma expresa. |
|
Estructura de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado |
|
Son unidades orgánicas de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado las siguientes: |
|
1 |
Dirección de Sistema Financiero y Mercado de Capitales |
2 |
Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado |
|
|
Dirección de Sistema Financiero y Mercado de Capitales |
|
La Dirección de Sistema Financiero y Mercado de Capitales es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado encargada de diseñar, proponer, coordinar, ejecutar y evaluar políticas nacionales y sectoriales referidas al sistema financiero; así como diseñar, proponer, coordinar, ejecutar y evaluar políticas nacionales y sectoriales referidas al mercado de capitales. |
|
Funciones de la Dirección Sistema Financiero y Mercado de Capitales |
|
Son funciones de la Dirección de Sistema Financiero y Mercado de Capitales las siguientes: |
|
a) |
Diseñar, proponer, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales referidas al sistema financiero; |
b) |
Diseñar, proponer, coordinar, ejecutar y evaluar políticas nacionales y sectoriales referidas al mercado de capitales, para lo cual puede realizar estudios de investigación, procurando su desarrollo, liquidez, profundidad, integración y cumplimiento de estándares internacionales; y mejorando las facilidades de acceso a los instrumentos del mercado de capitales a fin de expandir las posibilidades de financiamiento de las actividades productivas; |
c) |
Realizar el seguimiento, analizar y evaluar el funcionamiento y desempeño del sistema financiero y el mercado de capitales; |
d) |
Diseñar, proponer, coordinar, participar y evaluar con los sectores, las entidades del Sector Público y las correspondientes direcciones del Ministerio, las propuestas normativas relacionadas con el desarrollo y promoción del sistema financiero, así como con la profundidad y liquidez del mercado de capitales; |
e) |
Diseñar, proponer y evaluar estrategias y medidas que promuevan la competencia y la transparencia de la información del sistema financiero y del mercados de capitales; |
f) |
Coordinar y participar en la formulación de la estrategia del Sector para el desarrollo, profundidad y liquidez del mercado de capitales; |
g) |
Diseñar, implementar, proponer, articular y evaluar lineamientos de política orientadas a promover la inclusión financiera en el marco de la estabilidad financiera; |
h) |
Coordinar y participar en la formulación de las estrategias del Sector en las negociaciones sobre comercio de servicios financieros con las Direcciones Generales competentes del Ministerio y órganos pertinentes; |
i) |
Prestar asistencia técnica y promover el desarrollo de competencias en las entidades del Sector Público, en la aplicación de las normas, procedimientos y metodologías en las materias del sistema financiero, y los mercados de capitales; |
j) |
Diseñar, proponer y coordinar con los órganos y entidades correspondientes, medidas que permitan la adecuada gestión de riesgos del sistema financiero y del mercado de capitales; |
k) |
Participar en la elaboración de la estrategia del Sector para el desarrollo de las negociaciones de los convenios y tratados internacionales que involucran el diseño o implementación de acuerdos o procesos para la integración del sistema financiero y el mercado de capitales; |
l) |
Coordinar y participar en el desarrollo e implementación de programas, acciones y actividades dirigidas a prevenir y combatir el lavado de activos a través del sistema financiero y el mercado de capitales; |
m) |
Prestar asistencia técnica a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera; |
n) |
Emitir opinión técnica sobre propuestas normativas relacionadas con el sistema financiero y el mercado de capitales; y, |
o) |
Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General. |
|
Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado |
|
La Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado encargada de diseñar, proponer, coordinar, ejecutar y evaluar políticas nacionales y sectoriales para la gestión de regímenes previsionales privados y del mercado seguros. |
|
Funciones de la Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado |
|
Son funciones de la Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado las siguientes: |
|
a) |
Diseñar, proponer, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales para la gestión de regímenes previsionales privados y del mercado de seguros; |
b) |
Realizar el seguimiento, analizar y evaluar el funcionamiento y desempeño de los regímenes previsionales privados y del mercado de seguros; |
c) |
Diseñar, proponer, coordinar, participar y evaluar con los sectores, las entidades del Sector Público y las correspondientes Direcciones del Ministerio, las propuestas normativas relacionadas con el desarrollo y promoción de los mercados de seguros y previsional privado; |
d) |
Coordinar y participar en la formulación de la estrategia del Sector para el desarrollo de las negociaciones de los convenios y tratados internacionales que involucren los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Perú en seguridad social, en materia de regímenes previsionales privados y aseguramiento, en coordinación con los organismos competentes; |
e) |
Prestar asistencia técnica y promover el desarrollo de competencias en las entidades del Sector Público, en la aplicación de las normas, procedimientos y metodologías de los mercados de seguros y previsional privado; |
f) |
Diseñar, proponer y coordinar con los órganos y entidades correspondientes, medidas que permitan la adecuada gestión de los mercados de seguros y previsional privado; |
g) |
Emitir opinión técnica sobre propuestas normativas relacionadas con el mercado de seguros y los regímenes previsionales privados; y, |
h) |
Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General. |