"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

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Acerca del Ministerio

Dirección General de Contabilidad Pública

La Dirección General de Contabilidad Pública es el órgano de línea del Ministerio, rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y como tal se constituye en la más alta autoridad técnico-normativa en materia contable, encargada de elaborar la Cuenta General de la República y las estadísticas de las finanzas públicas; así como regular la contabilidad del sector privado.  Depende del Despacho Viceministerial de Hacienda.
 
Funciones de la Dirección General de Contabilidad Pública
 
Son funciones de la Dirección General de Contabilidad Pública las siguientes:
   
a) Emitir las normas, lineamientos y procedimientos de contabilidad que rigen al Sector Público;
b) Programar, dirigir, coordinar, supervisar y aprobar la implementación de la normativa de los procesos contables que componen el Sistema Nacional de Contabilidad, en medios informáticos;
c) Elaborar la Cuenta General de la República y las estadísticas de las finanzas públicas;
d) Definir y estructurar el modelo contable que corresponda al Sector Público, de acuerdo a su naturaleza jurídica y características operativas;
e) Conducir y promover la articulación del Sistema Nacional de Contabilidad del Sector Público, de manera intra e intersistémica;
f) Asesorar y emitir opinión vinculante en materias relacionadas al Sistema Nacional de Contabilidad;
g) Determinar el período de regularización, la conciliación del marco presupuestal y el cierre contable financiero y presupuestario del Sector Público, en lo que corresponda;
h) Mantener actualizada y sistematizada la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad;
i) Realizar estudios e investigación contable de los hechos económicos;
j) Aprobar los estatutos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, oficializar eventos relacionados con la contabilidad que organice la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y sus Colegios de Contadores Públicos Departamentales;
k) Planear, organizar y conducir las actividades de difusión, capacitación y asistencia técnica sobre el Sistema Nacional de Contabilidad;
l) Coordinar las actividades del CONECTAMEF relacionadas con las funciones de la Dirección General; y,
m) Las demás funciones que le asigne el/la Viceministro/a de Hacienda o aquellas que le corresponda por norma expresa.
 
Estructura de la Dirección General de Contabilidad Pública
 
Son unidades orgánicas de la Dirección General de Contabilidad Pública las siguientes:
 
1 Dirección de Normatividad
2 Dirección de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales
3 Dirección de Gobiernos Locales
4 Dirección de Empresas Públicas
5 Dirección de Análisis y Consolidación Contable
6 Dirección de Estadística de las Finanzas Públicas
 
Dirección de Normatividad
 
La Dirección de Normatividad es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Contabilidad Pública encargada de proponer normas, políticas y procedimientos contables aplicables al Sector Público.
 
Funciones de la Dirección de Normatividad
 
Son funciones de la Dirección de Normatividad las siguientes:
 
a) Proponer normas, políticas y procedimientos contables aplicables al Sector Público, en armonía con la normativa contable internacional vigente;
b) Proponer la implementación de la normativa de los procesos contables que componen el Sistema Nacional de Contabilidad, en medios informáticos;
c) Evaluar y proponer el modelo contable que corresponda al Sector Público, de acuerdo a su naturaleza jurídica y características operativas;
d) Proponer estrategias de integración intra e intersistémica para articular el Sistema Nacional de Contabilidad;
e) Proponer informes para absolver las consultas en materia contable en el marco del Sistema Nacional de Contabilidad;
f) Sistematizar, concordar y mantener actualizadas las normas emitidas  en el marco del Sistema Nacional de Contabilidad;
g) Elaborar y actualizar la Tabla de Operaciones o Tabla de Eventos del Sistema Integrado de Administración Financiera de los Recursos Públicos (SIAF), para el registro contable de las entidades del Sector Público;
h) Realizar estudios e investigaciones en materia de contabilidad financiera, presupuestaria y de gestión;
i) Elaborar y proponer resoluciones para la aprobación de los estatutos de los Colegios de Contadores Públicos y la oficialización de eventos a propuesta de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y sus Colegios Departamentales;
j) Planear y dirigir las actividades de capacitación en materia contable, en las entidades del Sector Público y  difundir la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad;
k) Coordinar con las direcciones de línea las normativas vigentes para  la orientación a los usuarios  en materia contable de acuerdo a su geozona; y ,
l) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.
 
Dirección de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales
 
La Dirección de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Contabilidad Pública encargada de proponer normas, políticas y procedimientos contables aplicables a las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
 
Funciones de la Dirección de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales
 
Son funciones de la Dirección de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales las siguientes:
 
a) Proponer normas, políticas y procedimientos contables aplicables a las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales;
b) Dar seguimiento a la aplicación de la normativa emitida en el marco del Sistema Nacional de Contabilidad en las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales;
c) Recepcionar, revisar,  analizar, evaluar, validar y migrar la información financiera, presupuestaria y complementaria de las rendiciones de cuentas de las entidades públicas del gobierno nacional y de gobiernos regionales;
d) Integrar los estados financieros, estados presupuestarios e información complementaria de las entidades públicas del gobierno nacional y de gobiernos regionales para la elaboración de la Cuenta General de la República;
e) Elaborar los estados financieros y presupuestarios de los niveles de gobierno nacional y gobiernos regionales con sus notas e información complementaria;
f) Elaborar ratios financieros de las entidades  del gobierno nacional y gobiernos regionales y analizar  los estados financieros;
g) Emitir informes técnicos para absolver consultas en materia contable relacionadas al gobierno nacional y los gobiernos regionales;
h) Analizar, verificar y conciliar el marco legal y ejecución presupuestaria de ingresos y gastos de las entidades públicas del gobierno nacional y de los gobiernos regionales considerando  el período de regularización;
i) Participar en las actividades de capacitación y difusión normativa del Sistema Nacional de Contabilidad en las entidades públicas del gobierno nacional y gobiernos regionales; y,
j) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.
 
Dirección de Gobiernos Locales
 
La Dirección de Gobiernos Locales es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Contabilidad Pública encargada de proponer normas, políticas y procedimientos contables aplicables a las entidades de los Gobiernos Locales.
 
Funciones de la Dirección de Gobiernos Locales
 
Son funciones de la Dirección de Gobiernos Locales las siguientes:
   
a) Proponer normas, políticas y procedimientos contables aplicables a las entidades de los gobiernos locales;
b) Dar seguimiento a la aplicación de la normativa emitida en el marco del Sistema Nacional de Contabilidad en las entidades de los gobiernos locales;
c) Recepcionar, revisar,  analizar, evaluar, validar y migrar la información financiera, presupuestaria y complementaria de las rendiciones de cuentas de las entidades públicas de los gobiernos locales;
d) Integrar los estados financieros, estados presupuestarios e información complementaria de las entidades públicas de los gobiernos locales para la elaboración de la Cuenta General de la República;
e) Elaborar los estados financieros y presupuestarios del nivel gobierno local con sus notas e información complementaria;
f) Elaborar ratios financieros de las entidades de los gobiernos locales y analizar  los estados financieros;
g) Emitir informes técnicos para absolver consultas en materia contable relacionadas a los gobiernos locales;
h) Analizar, verificar y conciliar el marco legal y ejecución presupuestaria de ingresos y gastos de las entidades públicas de los gobiernos locales;
i) Participar en las actividades de capacitación y difusión normativa del Sistema Nacional de Contabilidad de las entidades públicas de los gobiernos locales; y,
j) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.
 
Dirección de Empresas Públicas
 
La Dirección de Empresas Públicas es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Contabilidad Pública encargada de proponer normas, políticas y procedimientos contables aplicables a las entidades de las Empresas Públicas.
 
Funciones de la Dirección de Empresas Públicas
 
Son funciones de la Dirección de Empresas Públicas las siguientes:
   
a) Proponer normas, políticas y procedimientos contables aplicables a las entidades de las Empresas Públicas;
b) Dar seguimiento a la aplicación de la normativa emitida en el marco del Sistema Nacional de Contabilidad en las  Empresas Públicas;
c) Recepcionar, revisar,  analizar, evaluar, validar y migrar la información financiera, presupuestaria y complementaria de las rendiciones de cuentas de las Empresas Públicas, otras entidades y CAFAEs;
d) Integrar los estados financieros, estados presupuestarios e información complementaria de las Empresas Públicas, otras entidades y CAFAEs para la elaboración de la Cuenta General de la República;
e) Elaborar los estados financieros y presupuestarios de las Empresas Públicas y  otras entidades y CAFAEs con sus notas e información complementaria;
f) Elaborar ratios financieros de las Empresas Públicas y analizar  los estados financieros;
g) Emitir informes técnicos para absolver consultas en materia contable relacionadas a las Empresas Públicas, otras entidades y CAFAEs;
h) Analizar, verificar y dar conformidad a la conciliación del marco presupuestario de ingresos y gastos de las Empresas Públicas y otras entidades;
i) Participar en las actividades de capacitación y difusión normativa del Sistema Nacional de Contabilidad en las entidades públicas de las Empresas Públicas, otras entidades y CAFAEs; y,
j) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.
 
Dirección de Análisis y Consolidación Contable
 
La Dirección de Análisis y Consolidación Contable es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Contabilidad Pública encargada de efectuar la integración y consolidación de la información financiera y presupuestaria de las rendiciones de cuentas del Sector Público.
 
Funciones de la Dirección de Análisis y Consolidación Contable
 
Son funciones de la Dirección de Análisis y Consolidación Contable las siguientes:
 
a) Dar seguimiento a la aplicación de la normativa emitida en el marco del Sistema Nacional de Contabilidad para la Consolidación del Sector Público;
b) Dirigir, coordinar y efectuar la integración y consolidación de la información financiera y presupuestaria de las rendiciones de cuentas del Sector Público, para elaborar la Cuenta General de la República;
c) Efectuar el monitoreo y seguimiento de las acciones correctivas planteadas en el informe de auditoría a la Cuenta General de la República y en los informes de auditoría y dictámenes de las sociedades auditoras, presentados por las entidades públicas;
d) Elaborar ratios financieros del Sector Público consolidado y analizar los estados financieros;
e) Elaborar los estados financieros y presupuestarios consolidados del Sector Público;
f) Elaborar el informe de las entidades omisas y razones de omisión en las rendiciones de cuentas para su inclusión en la Cuenta General de la República; y,
g) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.
 
Dirección de Estadística de las Finanzas Públicas
 
La Dirección de Estadística de las Finanzas Públicas es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Contabilidad Pública encargada de dirigir y coordinar la recopilación, verificación, análisis y validación de la información contable para la elaboración de las estadísticas de finanzas públicas.
 
Funciones de la Dirección de Estadística de las Finanzas Públicas
 
Son funciones de la Dirección de Estadística de las Finanzas Publicas las siguientes:
   
a) Dirigir y coordinar la recopilación, verificación, análisis y validación de la información contable para la elaboración de las estadísticas de finanzas públicas;
b) Compilar las estadísticas de las finanzas públicas a través de mecanismos informáticos que permitan su derivación a partir de la información financiera, presupuestaria y complementaria que reportan las entidades públicas;
c) Producir la información consolidada de las estadísticas de las finanzas públicas  en forma integral, de conformidad a los estándares internacionales y a la normativa nacional vigente;
d) Producir la información de las estadísticas sobre las contingencias explícitas e implícitas del Sector Público;
e) Preparar los reportes estadísticos para satisfacer las necesidades y requerimientos de información de los organismos nacionales e internacionales;
f) Elaborar y difundir periódicamente los reportes de la información de estadísticas de las finanzas públicas;
g) Participar en la elaboración de la Cuenta General de la República, en lo relacionado a los aspectos económicos y la evolución de las estadísticas de las finanzas públicas;
h) Revisar permanentemente la metodología de compilación de la información de estadísticas de las finanzas públicas que recomiendan los organismos internacionales especializados, así como los organismos y autoridades nacionales en la materia;
i) Asistir en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones relacionadas con las finanzas públicas, en materia estadística;
j) Participar en el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística; y,
k) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.