La Dirección General de Abastecimiento es el órgano de línea del Ministerio, rector del Sistema Nacional de Abastecimiento y como tal, se constituye a nivel nacional como la más alta autoridad técnico - normativa en materia de abastecimiento, encargada de proponer políticas, dictar normas y procedimientos para la conducción de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público; así como monitorear, supervisar y evaluar la gestión de dichas actividades. Depende del Despacho Viceministerial de Hacienda. |
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Funciones de la Dirección General de Abastecimiento |
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Son funciones de la Dirección General de Abastecimiento las siguientes: |
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a) |
Dictar normas, directivas, lineamientos y procedimientos correspondientes al Sistema Nacional de Abastecimiento; |
b) |
Programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión de las actividades que componen el Sistema Nacional de Abastecimiento; |
c) |
Conducir y promover la operatividad, articulación e integración del Sistema Nacional de Abastecimiento con las entidades del Sector Público; |
d) |
Absolver consultas, asesorar y emitir opinión vinculante en materia del Sistema Nacional de Abastecimiento; |
e) |
Mantener actualizada y sistematizada la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento; |
f) |
Aprobar la sistematización y actualización de las buenas prácticas para la ejecución de las actividades que componen el Sistema Nacional de Abastecimiento; |
g) |
Aprobar el diseño y funcionalidad de los sistemas de información e informáticos del Sistema Nacional de Abastecimiento, así como gestionar su administración; |
h) |
Difundir la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento, así como desarrollar y promover acciones de capacitación y la certificación de los responsables de las áreas involucradas en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público; |
i) |
Proponer la delegación o encargo de funciones a los organismos públicos que componen el Sistema Nacional de Abastecimiento; |
j) |
Coordinar con las entidades públicas pertenecientes al Sector, la realización de las actividades que se requieran de ellas en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento; |
k) |
Coordinar las actividades del CONECTAMEF relacionadas con las funciones de la Dirección General; y, |
l) |
Las demás funciones que le asigne el/la Viceministro/a de Hacienda o aquellas que le corresponda por norma expresa. |
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Estructura de la Dirección General de Abastecimiento |
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Son unidades orgánicas de la Dirección General de Abastecimiento las siguientes: |
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1 |
Dirección de Normatividad |
2 |
Dirección de Planeamiento Integrado y Programación |
3 |
Dirección de Adquisiciones |
4 |
Dirección de Bienes Muebles |
5 |
Dirección de Bienes Inmuebles |
6 |
Dirección de Investigación, Desarrollo e Innovación |
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Dirección de Normatividad |
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La Dirección de Normatividad es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Abastecimiento encargada de emitir opinión sobre los proyectos de normas, directivas, lineamientos y procedimientos correspondientes al Sistema Nacional de Abastecimiento, así como gestionar su aprobación. |
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Funciones de la Dirección de Normatividad |
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Son funciones de la Dirección de Normatividad las siguientes: |
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a) |
Elaborar y emitir opinión sobre los proyectos de normas, directivas, lineamientos y procedimientos correspondientes al Sistema Nacional de Abastecimiento, así como gestionar su aprobación; |
b) |
Compatibilizar las normas del Sistema Nacional de Abastecimiento con las de la Administración Financiera del Sector Público, en coordinación con los conformantes de la misma y los demás órganos de línea; |
c) |
Evaluar las consultas referidas y/o relacionadas a la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento y proponer su absolución, en coordinación con los demás órganos de línea, cuando corresponda; |
d) |
Sistematizar la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento; |
e) |
Planear, organizar y conducir las actividades de difusión, capacitación, certificación y asistencia técnica sobre el Sistema Nacional de Abastecimiento en coordinación con los demás órganos de línea; |
f) |
Evaluar las propuestas de delegación o encargo de funciones a los organismos públicos que componen el Sistema Nacional de Abastecimiento; |
g) |
Promover la coordinación con las entidades públicas pertenecientes al Sector, respecto de la realización de las actividades que se requieran de ellas en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento; |
h) |
Coordinar las actividades del CONECTAMEF relacionadas con las funciones propias de la Dirección; y, |
i) |
Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General. |
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Dirección de Planeamiento Integrado y Programación |
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La Dirección de Planeamiento Integrado y Programación es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Abastecimiento encargada de coordinar, supervisar y evaluar las actividades en materia de Planeamiento Integrado y Programación. |
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Funciones de la Dirección de Planeamiento Integrado y Programación |
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Son funciones de la Dirección de Planeamiento Integrado y Programación las siguientes: |
a) |
Elaborar y proponer normas, directivas, lineamientos y procedimientos en materia Programación Multianual de los bienes, servicios y obras, en el marco de la Cadena de Abastecimiento Público; |
b) |
Elaborar y proponer normas, directivas, lineamientos y procedimientos sobre el Catálogo Único de Bienes y Servicios y el Registro Nacional de Proveedores; |
c) |
Coordinar, supervisar y evaluar las actividades en materia de Planeamiento Integrado y Programación; |
d) |
Coordinar la operatividad, integración y articulación en materia de Planeamiento Integrado y Programación, con las entidades del Sector Público; |
e) |
Evaluar las consultas técnicas en materia de Planeamiento Integrado y Programación y proponer su absolución; |
f) |
Proponer el diseño, funcionalidad e implementación de los sistemas de información e informáticos del Sistema Nacional de Abastecimiento, en coordinación con los demás órganos de línea, asegurando su interoperabilidad con otros sistemas de información e informáticos del Sector Público; |
g) |
Administrar los sistemas de información e informáticos del Sistema Nacional de Abastecimiento; |
h) |
Evaluar y proponer las estrategias orientadas a optimizar el Registro Nacional de Proveedores; |
i) |
Desarrollar y administrar el Catálogo Único de Bienes y Servicios; |
j) |
Evaluar y atender los requerimientos sobre información registrada en el sistema de información e informáticos, en coordinación con la Dirección de Normatividad, solicitados por los sectores públicos y privado; |
k) |
Participar en el desarrollo de las actividades de difusión, capacitación y asistencia técnica, en materia de Planeamiento Integrado y Programación; |
l) |
Coordinar las actividades del CONECTAMEF relacionadas con las funciones propias de la Dirección; y, |
m) |
Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General. |
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Dirección de Adquisiciones |
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La Dirección de Adquisiciones es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Abastecimiento encargada de elaborar y proponer normas, directivas, lineamientos y procedimientos en materia de Adquisiciones, que comprende la obtención de bienes, servicios y obras, la administración de la ejecución contractual y la integración progresiva de los regímenes legales de contratación. |
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Funciones de la Dirección de Adquisiciones |
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Son funciones de la Dirección de Adquisiciones las siguientes: |
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a) |
Elaborar y proponer normas, directivas, lineamientos y procedimientos en materia de Adquisiciones, que comprende la obtención de bienes, servicios y obras, la administración de la ejecución contractual y la integración progresiva de los regímenes legales de contratación; |
b) |
Coordinar, monitorear y evaluar las actividades en materia de Adquisiciones; |
c) |
Coordinar la operatividad, articulación e integración en materia de Adquisiciones con las entidades del Sector Público; |
d) |
Evaluar las consultas técnicas en materia de Adquisiciones y proponer su absolución; |
e) |
Participar en el diseño, funcionalidad, implementación y operatividad de los sistemas de información e informáticos en materia de Adquisiciones; |
f) |
Participar en el desarrollo de las actividades de difusión, capacitación y asistencia técnica, en materia de Adquisiciones; |
g) |
Coordinar las actividades del CONECTAMEF relacionadas con las funciones propias de la Dirección; y, |
h) |
Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General. |
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Dirección de Bienes Muebles |
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La Dirección de Bienes Muebles es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Abastecimiento encargada de elaborar y proponer normas, directivas, lineamientos y procedimientos en materia de bienes muebles, que comprende la gestión de inventarios, de centros de almacenamiento y distribución, de transporte y distribución, el registro y formalización de la tenencia o derechos sobre bienes muebles, el saneamiento, el mantenimiento, los actos de administración y disposición u otras modalidades y el aseguramiento. |
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Funciones de la Dirección de Bienes Muebles |
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Son funciones de la Dirección de Bienes Muebles las siguientes: |
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a) |
Elaborar y proponer normas, directivas, lineamientos y procedimientos en materia de Bienes Muebles, que comprende la gestión de inventarios, de centros de almacenamiento y distribución, de transporte y distribución, el registro y formalización de la tenencia o derechos sobre bienes muebles, el saneamiento, el mantenimiento, los actos de administración y disposición u otras modalidades y el aseguramiento; |
b) |
Coordinar, supervisar y evaluar las actividades en materia de Bienes Muebles; |
c) |
Coordinar la operatividad, articulación e integración en materia de Bienes Muebles con las entidades del Sector Público; |
d) |
Evaluar las consultas técnicas en materia de Bienes Muebles y proponer su absolución; |
e) |
Participar en el diseño, funcionalidad, implementación y operatividad de los sistemas de información e informáticos en materia de Bienes Muebles; |
f) |
Participar en el desarrollo de las actividades de difusión, capacitación y asistencia técnica, en materia de Bienes Muebles; |
g) |
Coordinar las actividades del CONECTAMEF relacionadas con las funciones propias de la Dirección; y, |
h) |
Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General. |
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Dirección de Bienes Inmuebles |
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La Dirección de Bienes Inmuebles es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Abastecimiento encargada de elaborar y proponer normas, directivas, lineamientos y procedimientos en materia de Bienes Inmuebles, que comprende el registro y formalización de la tenencia o derechos sobre inmuebles, el saneamiento, el mantenimiento, los actos de administración y disposición u otras modalidades y el aseguramiento. |
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Funciones de la Dirección de Bienes Inmuebles |
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Son funciones de la Dirección de Bienes Inmuebles las siguientes: |
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a) |
Elaborar y proponer normas, directivas, lineamientos y procedimientos en materia de Bienes Inmuebles, que comprende el registro y formalización de la tenencia o derechos sobre inmuebles, el saneamiento, el mantenimiento, los actos de administración y disposición u otras modalidades y el aseguramiento; |
b) |
Coordinar, supervisar y evaluar las actividades en materia de Bienes Inmuebles; |
c) |
Desarrollar y administrar la Cartera Inmobiliaria Pública; |
d) |
Reservar inmuebles para su disposición a favor de las entidades públicas; |
e) |
Coordinar la operatividad, articulación e integración en materia de Bienes Inmuebles con las entidades del Sector Público; |
f) |
Evaluar las consultas técnicas en materia de Bienes Inmuebles y proponer su absolución; |
g) |
Evaluar las solicitudes relacionadas con los actos de administración, disposición y otras modalidades; |
h) |
Proponer los actos de administración, disposición y otras modalidades, sobre inmuebles del Sector Público, para optimizar su uso; |
i) |
Participar en el diseño, funcionalidad, implementación y operatividad de los sistemas de información e informáticos en materia de Bienes Inmuebles; |
j) |
Participar en el desarrollo de las actividades de difusión, capacitación y asistencia técnica, en materia de Bienes Inmuebles; |
k) |
Coordinar las actividades del CONECTAMEF relacionadas con las funciones propias de la Dirección; y, |
l) |
Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General. |
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Dirección de Investigación, Desarrollo e Innovación |
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La Dirección de Investigación, Desarrollo e Innovación es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Abastecimiento encargada de realizar investigaciones sobre la dinámica de los mercados público y privado, identificando mejoras e innovaciones para la Cadena de Abastecimiento Público. |
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Funciones de la Dirección de Investigación, Desarrollo e Innovación |
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Son funciones de la Dirección de Investigación, Desarrollo e Innovación las siguientes: |
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a) |
Realizar investigaciones sobre la dinámica de los mercados público y privado, identificando mejoras e innovaciones para la Cadena de Abastecimiento Público; |
b) |
Proporcionar información estratégica para la formulación de proyectos de normas, directivas, lineamientos y procedimientos por parte de los demás órganos de línea; |
c) |
Monitorear la operatividad y funcionamiento de la Cadena de Abastecimiento Público, a fin de proponer medidas que permitan minimizar los costos y maximizar el servicio; |
d) |
Elaborar, proponer y difundir los estudios económicos y/o estadísticos orientados a la optimización de la Cadena de Abastecimiento Público; |
e) |
Evaluar, proponer, sistematizar y actualizar las buenas prácticas para la ejecución de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público, en coordinación con los demás órganos de línea; |
f) |
Participar en el diseño, funcionalidad, implementación y operatividad de los sistemas de información e informáticos en lo referido a innovación de procesos y tecnología; y, |
g) |
Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General. |