"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Lima, 25 de Junio de 2012.- El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso que el Fondo de Promoción a
Mediante Decreto Supremo N° 101-2012-EF, el MEF fijó los lineamientos y criterios de la priorización de los PIP en educación y salud dispuesta por la Ley de Presupuesto 2012, que tiene como objetivo que más personas puedan acceder a estos servicios básicos, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los sectores menos favorecidos.
El Foniprel es un fondo que sirve para cofinanciar PIP y estudios de preinversión que reduzcan las brechas en servicios e infraestructura básica, con mayor impacto posible en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país. Los gobiernos regionales y locales acceden al fondo mediante concurso.
El DS establece otros dos criterios: 1) Foniprel financiará hasta el 99.9% de los proyectos en educación y salud de los gobiernos regionales y locales, calificados como de muy alta necesidad y estrato de menos recursos; 2) si como resultado del concurso el cofinanciamiento aprobado para educación y salud supera el 40%, el déficit se cubrirá con los recursos asignados para las otras prioridades.
Los gobiernos regionales y locales pueden presentar proyectos de inversión pública en educación y salud en forma individual o asociada, estén o no incorporados al SNIP. Si participan de forma asociada, el estudio de preinversión o ejecución del proyecto deberá beneficiar cuando menos a dos entidades que la integran.
Además, el Foniprel cofinanciará proyectos y estudios de preinversión priorizados en los Planes de Desarrollo. Esto no se exige a municipalidades distritales o mancomunidades distritales con muy alta necesidad y menores recursos.
Oficina de Comunicaciones