"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
NOTA DE PRENSA
MEF aprueba regulación sobre los documentos que pueden sustentar los incrementos patrimoniales
Lima, 1 de marzo de 2022.- El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Decreto Legislativo N° 1527, que modifica la Ley del Impuesto a la Renta a fin de establecer qué documentos pueden ser utilizados por los contribuyentes para sustentar sus incrementos patrimoniales a partir del 2023.
Cabe recordar que, conforme a la legislación vigente, los incrementos patrimoniales pueden ser justificados con documentos simples, sin formalidades y en algunos casos emitidos después de iniciadas las acciones de fiscalización de la Sunat.
La medida emitida tiene como objetivo alinear la regulación del impuesto a la renta a la establecida en el Código Civil y normas sectoriales, así como continuar con la lucha frontal contra la elusión y la evasión tributaria.
En línea con lo señalado, a continuación, algunos ejemplos de los documentos que pueden ser presentados para sustentar los incrementos patrimoniales:
Cabe agregar que el mencionado Decreto no establece que la Sunat fiscalice determinados actos, sino que únicamente se está señalando en normativa tributaria los documentos sustentatorios que evitarán que la Sunat determine IR por esos ítems del patrimonio de las personas.
En efecto, la facultad de fiscalización de dicha entidad es ejercida en función a programas anuales elaborados según los perfiles de riesgo de los contribuyentes.
OFICINA DE COMUNICACIONES