"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

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Comunicados y Notas de Prensa

COMUNICADO N° 0007-2023-EF/50.01

COMUNICADO N° 0007-2023-EF/50.01



Alternativas de financiamiento de intervenciones frente a lluvias intensas y peligros asociados para los tres niveles de gobierno



La Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas recuerda a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que se cuenta con las siguientes alternativas que pueden ser aplicadas para el financiamiento de las intervenciones de preparación, respuesta y rehabilitación frente a la ocurrencia e impacto de precipitaciones intensas y peligros asociados:



 

1. Los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales podrán ejecutar acciones de preparación, respuesta inmediata y rehabilitación en las zonas afectadas con los siguientes recursos:



 

- Programa Presupuestal 0068: Ejecutar el presupuesto del producto: “3000734: Capacidad instalada para la preparación y respuesta frente a emergencias y desastres” del Programa Presupuestal “0068: Reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres”, por toda fuente de financiamiento y específicas de gasto, para financiar las actividades: implementación de brigadas para la atención de la emergencia, el funcionamiento de los centros de operaciones de emergencias y espacios de monitoreo, realización de simulacros y simulaciones, la infraestructura móvil (módulos temporales de vivienda, módulos de infraestructura educativa, hospitales de campaña, entre otros) y kits para la asistencia frente a emergencias y desastres (kits de bienes de ayuda humanitaria, kits pedagógicos de respuesta educativa, entre otros).



Más información de los contenidos mínimos del Programa Presupuestal 0068 para el Año Fiscal 2023, se puede encontrar en el siguiente enlace: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3241849/DISE%C3%91O_PP%200068_2023_compressed%20%281%29.pdf.pdf



- Incorporación de Saldos de Balance de las fuentes de financiamiento RD o RDR: Se pueden incorporar saldos de balance de las fuentes de financiamiento Recursos Determinados (RD) o Recursos Directamente Recaudados (RDR) en el marco presupuestal del presente año fiscal para financiar actividades del Programa Presupuestal 0068, teniendo en cuenta que los recursos sean de libre disponibilidad de acuerdo con la normatividad vigente y se sujeten a los límites máximos de incorporación establecidos mediante Decreto Supremo N° 006-2023-EF y modificatorias, en el marco del artículo 50 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Los citados Decretos Supremos se pueden encontrar en el siguiente enlace: https://www.mef.gob.pe/es/?option=com_docman&language=es-ES&Itemid=100600&lang=es-ES&view=list&slug=decreto-supremo-1



2. De superar la capacidad de respuesta regional y declarado el estado de emergencia mediante Decreto Supremo, además de los recursos mencionados en el numeral precedente, los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales podrán realizar:



- Modificaciones presupuestarias: En el marco del artículo 54 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, las entidades de los 3 niveles de gobierno pueden efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a fin de financiar intervenciones ante el peligro inminente o la atención de desastres frente a la ocurrencia e impacto de precipitaciones intensas y peligros asociados, para la atención de zonas que cuenten con declaratoria de Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo. En el siguiente enlace se muestra información de las finalidades que se pueden financiar, los pasos a seguir para realizar las citadas modificaciones presupuestarias, las específicas de gasto que se pueden habilitar y la rendición de cuentas: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4224815/Orientaciones%20al%20Art.%2054%20de%20la%20Ley%20N%C2%B0%2031638.pdf.pdf



- Acceder a los recursos del FONDES: Las entidades de los 3 niveles de gobierno pueden presentar sus solicitudes de financiamiento de intervenciones a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), que se encuentra a cargo del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para financiar Actividades de Emergencia e Inversiones de Ampliación Marginal, Reposición y de Rehabilitación (IOARR de emergencia), para la atención de las zonas declaradas en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo.



Para tal fin, las entidades deberán tener en cuenta los requisitos establecidos para la presentación de las solicitudes de financiamiento, que se encuentran en el Anexo “Disposiciones reglamentarias para la gestión de recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales” aprobado por el Decreto Supremo N° 132-2017-EF y modificatorias, así como la tipología de inversiones y actividades, contenidos mínimos, formato de solicitud y otros, considerados como anexos de las citadas disposiciones reglamentarias; documentos que pueden ser encontrados en el siguiente enlace: https://portal.indeci.gob.pe/fondes/que-es-el-fondes/



3. Los CONECTAMEF ubicados a nivel nacional brindan apoyo y orientación a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, brindándoles asesoría técnica sobre las alternativas de financiamiento, así como orientación sobre los procesos de certificación, compromiso, devengado y pago de los recursos. En el siguiente enlace encuentra el CONECTAMEF más cercano a tu localidad: https://www.mef.gob.pe/contenidos/servicios_web/conectamef/directorio.php?idsede=2#directorio_c



Lima, 12 de marzo de 2023



Dirección General de Presupuesto Público Ministerio de Economía y Finanzas