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Poder Ejecutivo aprueba el marco legal para la conformación y mantenimiento del Catastro Fiscal

NOTA DE PRENSA



Poder Ejecutivo aprueba el marco legal para la conformación y mantenimiento del Catastro Fiscal



- Se establecen las reglas sobre su diseño, consolidación, mantenimiento y actualización para la valuación fiscal de los predios y su disponibilidad para el uso de las municipalidades.



Lima, 19 de mayo de 2023.- En el marco de las atribuciones delegadas por el Congreso para legislar en materia de reactivación económica y modernización de la gestión del Estado, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo N° 1557 que contiene medidas para la conformación, consolidación y mantenimiento del Catastro Fiscal, con la finalidad de fortalecer las finanzas municipales.

 

Este marco legal es necesario a fin de establecer reglas sobre su diseño, consolidación, mantenimiento y actualización para la valuación fiscal de los predios y su disponibilidad para el uso de las municipalidades; así como para establecer la responsabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) al respecto.

 

La norma determina que el Catastro Fiscal se constituirá como una base de datos centralizada por el MEF, que será articulada hacia las municipalidades. Para tal efecto, se establece que este ministerio tendrá la responsabilidad de brindar asistencia técnica en su implementación, y que deberá poner la información a disposición de las municipalidades.

 

“Se busca contribuir a que las municipalidades puedan ordenar sus finanzas y que los gobiernos ediles, sobre todo los más pequeños, que no tienen el acceso a tecnologías, puedan contar con información que les permita mejorar sus ingresos y brindar los servicios que requieren sus ciudadanos”, destacó el ministro de Economía y Finanzas, Alex Alonso Contreras Miranda.

 

La centralización y estandarización del Catastro Fiscal es necesaria para lograr economías de escala en su conformación, administración y actualización, así como para garantizar su sostenibilidad en el tiempo, y no se vea afectada por los cambios de gobierno, porque un problema común en la gestión municipal es que, al finalizar los periodos de los alcaldes, la información cartográfica y tabular se pierde o destruye.

 

Cabe mencionar que el Catastro Fiscal no duplica al catastro urbano (concebido como un registro completo de las ciudades) ni tampoco al municipal. En tal sentido, el Catastro Fiscal solo tiene exclusivos fines fiscales su formato es simple, estandarizado y centralizado.

 

También es necesario señalar que el MEF no es un ente generador de catastro, es decir, no realizará el levantamiento de información primaria, por lo que no duplica funciones ni esfuerzos de las entidades generadoras de catastro.

 

Se estima que, para agosto de 2024, alrededor de 100 municipalidades ya cuenten con un catastro fiscal actualizado y articulado a la base de datos del MEF.

 

OFICINA DE COMUNICACIONES