"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

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Contabilidad Pública

Derecho Contable en Perú ¿Una Utopía?

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(*) Sr. Eduardo Cárdenas Saldarriaga

Los principios de contabilidad generalmente aceptados son invocados en materia contable - legal, especialmente en controversias empresariales o en conflicto de intereses de distintos usuarios, locales, nacionales y globales, que exigen transacciones y estados financieros transparentes, oportunos, con metodología idónea y de calidad en su elaboración para garantizar el legítimo interés empresarial en la imperiosa necesidad de cautelar el bien común, y constituirían el núcleo de lo que bien puede conceptuarse como “derecho contable” en Perú, aún cuando ello suscite resquemores y recelos en amplios sectores del campo del derecho.

El tema es extenso y controversial, por lo que se tratará en entregas sucesivas, considerando el discurrir de la contabilidad en el entorno global, como la mayor y mejor usuaria de la tecnología de la información y las comunicaciones, enlazada con las causas y efectos de la economía mundial de mercado, el flujo incesante de capitales y la interrelación empresarial. En tal contexto no admite medianía, abriéndose paso en las normas legales del planeta, formando parte del currículo universitario y de los acuerdos entre las naciones, como en la Unión Europea que tiene el año 2005 como meta de armonización contable, incardinada a la legislación de los países integrantes y como en el Tratado sobre la Armonización de la Legislación Empresarial en África, con 15 países adherentes, que suscriben la utilización del derecho contable en sus transacciones empresariales.

En Perú, es de vital necesidad dar organicidad al Derecho Contable, más allá de la clasificación, registro y proceso de transacciones para elaborar reportes fiables, con transparencia y calidad o “fiel imagen”, acordes a los requerimientos de los usuarios globales; más allá de principios de contabilidad generalmente aceptados, cuyo ámbito y trascendencia requieren definirse claramente; más allá de la responsabilidad inherente a la gestión en el marco de las normas contables y leyes generales o especiales; implica darle la importancia debida a su condición de servir de prueba instrumental de la gestión adecuada de los recursos y la obtención de resultados en la empresa. 

Así, la contabilidad como sustento del accionar empresarial tiene varias aristas, entre ellas el Código de Comercio, Sección Tercera, De los libros y de la contabilidad del comercio, Artículo 33°, al precisar que “Los comerciantes llevarán necesariamente: 1. Un libro de inventarios y balances 2. Un libro Diario 3. Un libro Mayor… 5. Los demás libros que ordenan las leyes especiales…”.

(*) Profesor USIL