"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Conozca algunos conceptos básicos sobre
Inversión Privada:
Los PA son una modalidad de participación de la inversión privada, los cuales cumplen con las siguientes características:
1. Permite la disposición parcial o total de activos por parte de entidades públicas que cuentan con facultad para tal efecto, bajo los esquemas previstos en la Ley.
2. Se orientan a la puesta en valor de activos del Estado a través de un uso eficiente en términos de rentabilidad económica, financiera o social. 3. No comprometen recursos públicos, ni trasladan riesgos al Estado, salvo autorización dada mediante Ley expresa.
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Las Obras por Impuestos constituyen una modalidad de ejecución pública, de administración indirecta, con participación del sector privado que permite desarrollar Inversiones, actividades de operación y/o mantenimiento, Servicios y actividades de construcción de viviendas rurales previamente priorizados por Entidades Públicas del Gobierno Nacional, Gobierno Regional, Gobierno Local y Universidades Públicas, con el objetivo de cerrar brechas en infraestructura y servicios. A través de la suscripción de un Convenio de Inversión con Entidades Públicas, las Empresas Privadas financian y ejecutan directamente estas Intervenciones de manera ágil y eficiente, y como reconocimiento, reciben un CIPRL o un CIPGN, los cuales pueden ser utilizados para el pago de la deuda generada por los conceptos señalados en la Ley, conforme a lo establecido por esta y el presente Reglamento.
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Las APP son una modalidad de participación de la inversión privada, las cuales cumplen con las siguientes características:
1. Se distribuyen de manera adecuada los riesgos del proyecto.
2. Se destinan recursos preferentemente privados para el financiamiento de las inversiones del proyecto.
3. Se garantizan Niveles de Servicios óptimos para los usuarios.
4. Se implementa mediante Contratos de largo plazo.
5. La titularidad de las inversiones desarrolladas puede mantenerse, revertirse o ser transferidas al Estado, según la naturaleza y alcances del proyecto y a lo dispuesto en el respectivo Contrato.
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>> Decreto Supremo N° 039-2026-EF: Aprueban el Plan Nacional de Infraestructura 2026 - 2031.