"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

,   

Notas de Prensa y Comunicados

Trabajadores podrán deducir del Impuesto a la Renta los gastos en IGV pagados en restaurantes y hoteles

  • - Se amplía, además, la lista de servicios profesionales que trabajadores pueden deducir como gastos.
  • - Medidas son parte de las acciones que el gobierno está tomando para aumentar la formalización y reducir la evasión y la elusión tributaria

Lima, 03 de noviembre de 2018.- Mediante Decreto Supremo N° 248-2018-EF se modificó el reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (IR) en lo referido a las deducciones de gastos de personas naturales, incluyendo como nuevos gastos que los trabajadores pueden deducir de sus rentas del trabajo, el 15% de la contraprestación y el IGV pagado por servicios prestados por restaurantes, bares, cantinas y hoteles.

Para hacer efectivo este beneficio, a partir de 2019, los restaurantes, bares, cantinas y hoteles deberán emitir comprobante electrónico, de esta manera la SUNAT podrá registrar en tiempo real ese mismo recibo y automáticamente ser considerado ese gasto para la deducción correspondiente a fin año.

Además, el Decreto Supremo publicado hoy amplía la lista de servicios de profesionales u oficios que pueden ser deducidos como gastos para el pago del IR. De esta manera todos los servicios profesionales u oficios podrán ser deducibles.

“Ahora será mucho más sencillo deducir estos gastos que realizan los trabajadores que pagan impuesto a la renta, además de generarse el incentivo para que las personas soliciten sus recibos para poder deducirlo. Estas medidas son parte de las acciones que venimos tomando para aumentar la formalización y reducir la evasión y la elusión tributaria”, resalto el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva.

Los trabajadores para determinar su IR pueden deducir como gasto de sus rentas de trabajo, entre otros, el 30% del importe pagado por los servicios prestados por trabajadores independientes que desempeñan una profesión u oficio (rentas de cuarta categoría)1, hasta antes del Decreto Supremo publicado hoy eran 13 las profesiones y oficios deducibles de gasto, a partir del 1 de enero de 2019 todas las profesiones y oficios dan derecho a la mencionada deducción.

También, con la finalidad de promover las mencionadas deducciones se elimina el requisito de bancarización a aquellas transacciones por importes menores a S/ 3,500 o US$ 1 000.

De esta manera, se podrán beneficiar de la deducción de gastos alrededor de cerca de dos millones de trabajadores, y promover la formalización. Según información de la SUNAT, el nivel de evasión del IGV de los sectores de restaurantes, bares, cantinas y hoteles es alrededor del 86% del impuesto potencial y equivale a aproximadamente S/ 3 200 millones, y medidas como esta buscan promover reducir esos niveles de elusión o evasión.

OFICINA DE COMUNICACIONES.