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Notas de prensa y comunicados

Poder Ejecutivo publica el nuevo reglamento del SNIP

 

 

El 31 de diciembre de 2006, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo que contiene el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Dicho Reglamento se encuentra en el marco de la Ley SNIP N° 27293, modificada por la Ley N° 28802, y entró en vigencia desde el 01 de enero de este año.

 

Este nuevo marco normativo es un avance significativo en el proceso de descentralización del Estado, en tanto los Titulares de cada Sector del Gobierno Nacional, los Presidentes Regionales y los Alcaldes se convierten en los principales responsables del cumplimiento de las disposiciones que regulan el Sistema y, por consiguiente, en el control de la calidad de sus proyectos.

 

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) – como ente rector del Sistema – pondrá especial énfasis en sus actividades relacionadas con la generación de capacidades en los diferentes niveles de gobierno sobre de las fases del Ciclo del Proyecto y la Programación Multianual de la inversión pública, así como con el seguimiento de la inversión pública.

 

Principales cambios:

  • La viabilidad se descentraliza. Cada Sector, gobierno regional o municipio será autónomo para aprobar los proyectos (sin límite de monto), según su competencia, salvo aquellos con endeudamiento externo o requieran aval del Estado.
  • Los Proyectos cuyo periodo de ejecución estimada culmine en el año 2008 o en adelante, deberán presentar un estudio de pre-inversión por el saldo por ejecutar.
  • El MEF aprobará el perfil profesional que se requiere para los jefes de las Oficinas Publicas de Inversión (OPI).
  • Los Gobiernos Regionales o locales podrán solicitar la opinión técnica al MEF, cuando lo consideren necesario.
  • El MEF enfatizará la capacitación y la asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales
  • El MEF establece las metodologías, técnicas y procedimientos, para los Proyectos de Inversión pública, incluidos los APPs 

 

Principales competencias q mantiene el MEF:

  • El ámbito de aplicación obligatoria en los tres niveles de gobierno (nacional, regional y local)
  • El MEF es la máxima autoridad técnico normativa y todas las OPIs tendrán una relación técnico funcional.
  • El MEF administra el Banco de Proyectos
  • El MEF en coordinación con las OPIs realiza el seguimiento a los proyectos
  • El MEF establece los contenidos mínimos de los estudios de pre inversión
  • El MEF establece las normas, técnicas, procedimientos, parámetros, líneas de corte, para la formulación de los Proyectos 

 

Temas prioritarios: un SNIP más cerca del usuario.

  • Se mejorará y modernizará el Banco de Proyectos, así como la página web del SNIP, los cuales serán mucho más accesibles al ciudadano.
  • Se desarrollará un plan intensivo de capacitación y asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales desde el I Trimestre 2007.
  • Se priorizará el desarrollo y difusión de los contenidos y guías metodológicas, de la forma más accesible para los usuarios especialmente en el nivel regional y local. Las guías serán de educación, salud, agricultura, transporte, defensas ribereñas, etc.
  • Se mejorará y modernizará el sistema de información geográfico de los proyectos de inversión pública, adecuadamente georeferenciados y en su estado actual.

 

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