"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha publicado los nuevos Índices de Distribución del Canon Minero e Hidroenergético, cuyas transferencias alcanzarán en el 2006 la suma de 1 874,0 millones de Nuevos Soles, lo que representa un incremento de 87,3% respecto a lo transferido en el 2005. Estos nuevos índices serán vigentes a partir del mes de junio de 2006 y corresponden al inicio de las transferencias de los recursos recaudados en el 2005 y la regularización efectuada al mes de abril de 2006. Los recursos por estos conceptos serán transferidos en 12 cuotas consecutivas durante el periodo junio 2006 – mayo 2007.
El Canon es la participación de la que gozan los gobiernos regionales y locales sobre los ingresos y rentas obtenidos por la utilización de los recursos naturales en determinada jurisdicción, monto que luego de ser recaudado podrá ser utilizado para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos inversión pública que comprendan intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que generen beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso, intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado.
Asimismo, los gobiernos locales y regionales están facultados a utilizar hasta un 20%, para el mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos generados por los procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Además, de dicho porcentaje podrán destinar hasta un 5% para financiar la elaboración de perfiles correspondientes a los proyectos de inversión pública que se enmarquen en los planes de desarrollo concertados que correspondan.
Los índices de distribución han sido elaborados de acuerdo a los criterios y porcentajes establecidos en la Ley Nº 27506, Ley de Canon y normas modificatorias.
Canon Minero
Las transferencias por concepto de Canon Minero a favor de Gobiernos Regionales y Locales ascenderán a S/. 1 746,4 millones durante el 2006. Este monto representa un incremento de 96,6% respecto a los montos transferidos por este concepto en el 2005. El Canon Minero está constituido por el 50% (cincuenta por ciento) del Impuesto a la Renta que obtiene el Estado y que pagan los titulares de la actividad minera por el aprovechamiento de los recursos minerales, metálicos y no metálicos.
A nivel de departamentos se observa mayores incrementos por concepto de Canon Minero en aquellos en donde se encuentran principalmente las empresas productoras de oro, como Cajamarca y Ancash; y también donde se encuentran ubicadas las empresas productoras de cobre, como Moquegua y Tacna que, ante la recuperación de las cotizaciones internacionales, aunado al incremento de los volúmenes de producción, han registrado incrementos en el Impuesto a la Renta pagado al Estado y por lo tanto en el Canon Minero.
Canon Hidroenergético
Las transferencias por concepto de Canon Hidroenergético ascenderán a 127,6 Millones de Nuevos Soles durante el 2006. Este monto representa un incremento de 13,3% respecto a las transferencias efectuadas en el año 2005.
Los departamentos que observan mayores montos por concepto de Canon Hidroenergético son Huancavelica, Lima y Ancash, como resultado de la disponibilidad de recursos hídricos y el crecimiento de la economía, que han permitido aumentar los volúmenes de producción y el Impuesto a la Renta pagado al Estado.
Según la Ley de Canon y su Reglamento, el Canon Hidroenergético se conforma del 50% del Impuesto a la Renta que pagan las empresas concesionarias de generación de energía eléctrica que utilicen el recurso hídrico.
Criterios y porcentajes de distribución de recursos
Tanto para la distribución de los recursos del Canon Minero e Hidroenergético, se toman los siguientes criterios de distribución:
El cien por ciento (100%) del monto a distribuir corresponde a lo generado por el canon en cada región o regiones en cuya circunscripción se explotan los recursos naturales.
Asimismo, los índices de distribución se han elaborado en base a criterios de Población y Necesidades Básicas Insatisfechas, ambos indicadores correspondientes a las cifras definitivas del Censo de 2005.
Para mayor información visite la página:
http://www.mef.gob.pe/propuesta/DGAES/DistribucionRecursos.php
Para tomar en cuenta
La Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto encarga a la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas, la elaboración de los índices de distribución del Canon. En cumplimiento del encargo legal y en el marco de la Ley de Canon, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 338-2006-EF/15 y Nº 339-2006-EF/15, se ha procedido a publicar los índices de distribución del Canon Minero 2005, Canon Hidroenergético 2005, respectivamente