"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

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Notas de prensa y comunicados

Califican como exportación de servicios los servicios de apoyo empresarial

 

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a través del Decreto Supremo 129-2010-EF, incorpora dentro de la lista de operaciones consideradas como exportación de servicios a los servicios de apoyo empresarial de contabilidad, tesorería y pagos centralizados en información de gestión financiera que se realicen desde el Perú, ejecutados íntegramente en el exterior a favor de empresas no domiciliadas en el país, añadiéndolo como numeral 15 en el Apéndice V de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo. 

 

Con esta medida se busca mejorar la competitividad de las empresas peruanas que cada vez más se especializan en prestar este tipo de servicios, ello gracias a que la globalización y los Tratados de Libre Comercio hacen que los servicios o funciones de carácter no esencial, que se prestan a distancia o de forma transfronteriza, sean cada vez más frecuentes, entre los que se pueden mencionar tareas administrativas periódicas o rutinarias, asistencia técnica, servicios de apoyo logístico a otras empresas del exterior.

 

Así tenemos que el servicio de contabilidad se refiere a que los proveedores del servicio a distancia se encarguen de la revisión y control de documentos e información contable de sus clientes o usuarios, de la realización de los registros contables, de las conciliaciones bancarias e intercompañías, de la preparación de los estados financieros y en general de atender la contabilidad de la empresa del exterior. Dicho servicio, será utilizado por las empresas clientes en sus sedes de negocios en el extranjero.

 

En el caso del servicio de tesorería y pagos centralizados la empresa proveedora se encargará de concentrar los fondos y los pagos a los proveedores de las empresas solicitantes del servicio que operen fuera del Perú, así como el pago de comisiones y en general la administración del flujo de efectivo y anticipos. En este caso, para que el mencionado servicio se entienda utilizando íntegramente en el exterior, será necesario que ninguno de los pagos involucre proveedores locales.

 

El servicio de información de gestión financiera consiste en proporcionar a los clientes de estos profesionales información acerca de sus ventas, costos, gastos operativos, costos de financiamiento, utilidades, saldos de cobranza, utilización de capacidad instalada de plantas, costos de materia prima, ratios de desempeño, etc. El servicio que brindará la empresa o profesional peruano consiste en recabar la información, procesarla y transmitirla al cliente del exterior.

 

 

 

Lima, 22 de junio de 2010

OFICINA DE COMUNICACIONES
comunicaciones@mef.gob.pe

Teléfonos: 426-2614 – 311-5930 / Anexo 2160



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