"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
La Resolución Ministerial N° 450-2011-EF/15 que, precisamente, aprueba los Índices de Distribución del Canon Minero que se harán efectivas en el 2011, correspondiente a la recaudación del Ejercicio Fiscal 2010 , será publicada mañana.
El Canon Minero es la participación a que tienen derecho los gobiernos regionales, los gobiernos locales y universidades públicas sobre los ingresos y rentas que obtiene el Estado por la explotación de los recursos mineros en determinadas jurisdicciones departamentales.
Los índices de distribución de dicho recurso son elaborados de acuerdo a los criterios y porcentajes establecidos en la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, y sus normas complementarias, así como información remitida por el Ministerio de Energía y Minas, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, el Ministerio de la Producción, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público.
En la distribución a nivel de departamentos se observa mayores incrementos por concepto de Canon Minero en las zonas donde se encuentran las principales empresas productoras de minerales del país como Ancash, Arequipa, La Libertad, Cajamarca, Moquegua, Tacna y Puno.
Este comportamiento se debió, principalmente, a la recuperación de los precios internacionales de los minerales, lo cual a su vez generó una mayor recaudación del Impuesto a la Renta pagado por las empresas mineras y, por tanto, mayor Canon Minero.
En el marco de lo dispuesto en la 73ª Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público 2011, los recursos del canon deben ser destinados a:
Cabe precisar que los indicados recursos estarán a disposición de las respectivas Unidades Ejecutoras de los gobiernos regionales, universidades públicas así como de los gobiernos locales beneficiarios a través de las “Asignaciones Financieras” autorizadas por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a través del SIAF-SP para su utilización conforme a Ley.
Para la distribución de los recursos del Canon Minero se toman en cuenta los siguientes criterios de distribución:
Lima, 23 de junio de 2011
OFICINA DE COMUNICACIONES
311 59 30 ANEXO 2230/2231/2260
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Para las consultas con mayor detalle pueden ingresar al Portal del MEF www.mef.gob.pe, donde también se encuentra disponible la información contenida en los anexos de la RM Nº 450-2011-EF/15