"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Igualmente, esta ley busca fomentar la competencia en el mercado de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) mediante la promoción de un sistema previsional que cuente con costos adecuados, y en donde se brinde un servicio óptimo para el afiliado.
Explicó que si bien el Sistema Privado de Pensiones (SPP) es un elemento clave para el aumento del ahorro de largo plazo, el crecimiento de la inversión, y desarrollo de los mercados financieros en el país, después de 19 años de funcionamiento, no se ha logrado avances significativos en cuanto a mayor cobertura y eficiencia de este sistema.
Esta situación limita la eficacia del Estado para proveer protección social a la población ante el riesgo de menores ingresos en la etapa de la vejez y restringe el desarrollo de mayor competencia en el sistema.
En ese sentido, para mejorar la eficiencia, la Ley establece la centralización de procesos comunes a fin de reducir costos de operación y las barreras de entrada a nuevas entidades. Esto permitirá incentivar la entrada de nuevas AFP y, así, promover una mayor competencia. Asimismo, se establece la licitación de la administración de las cuentas individuales de capitalización de nuevos afiliados al SPP.
“Esta medida fomentará la competencia a través de la reducción de barreras de entrada, lo que genera una reducción en las comisiones ya que las AFP podrán ofrecer una menor comisión, a cambio de administrar un nivel de afiliados determinados,” afirmó el Ejecutivo.
Del mismo modo, se propone la licitación del seguro de invalidez y sobrevivencia, lo que hará más transparente el proceso de asignación de los seguros de invalidez y sobrevivencia y permitirá distribuir la cobertura de siniestros entre todas las aseguradoras participantes, con ello se reduce la posibilidad de colusión entre la AFP y su empresa de seguros vinculada.
También se establece la transición hacia la comisión por saldo, lo que permite el alineamiento de incentivos entre las AFP y los afiliados, debido a que los ingresos de las administradoras serán directamente proporcionales al desempeño del fondo. Así, las AFP deberán hacerlo crecer mejorando así los montos de las pensiones.
Este esquema de comisión implementado junto con el resto de medidas planteadas permitirá que el afiliado termine pagando un monto menor al que pagaba con una comisión por flujo.
El Poder Ejecutivo precisó que este esquema de cobro de comisiones es voluntario para los afiliados existentes.
Pa ampliar la cobertura, se establece la afiliación obligatoria de los trabajadores de la microempresa, a través de la implementación del Sistema de Pensiones Sociales que plantea transferencias del Estado que complementarán los aportes del trabajador y la afiliación obligatoria del trabajador independiente.
“Los trabajadores de la microempresa podrán acceder al sistema previsional a través de un cofinanciamiento del Estado. Así estos trabajadores no caerán en el riesgo de la pobreza en la vejez”, apuntó.
En cuanto a la transparencia de la información se propone la implementación de medidas para promover una mejor difusión de la información y de la cultura previsional.
Así se establece que en los directorios de las AFP participen dos directores independientes, la creación del Consejo de Participación Ciudadana (COPAC), la creación del Fondo de Educación Previsional (FESIP) y la implementación de principios de Buen Gobierno Corporativo.
También se establece la elaboración de un ranking de rentabilidad entre las AFP, que fomentará la transparencia y permitirá a los trabajadores tomar decisiones informadas.
La Reforma del SPP también establece la introducción del fondo de protección de capital que permitirá que los afiliados puedan optar por un fondo con menor riesgo.
También mejora la fiscalización del cumplimiento del pago de los aportes a través de los inspectores del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Finalmente, para posibilitar una mayor rentabilidad para los afiliados se establecen dos nuevas clases de instrumentos de inversión: los instrumentos derivados para cobertura y gestión eficiente de portafolio (destinados a cubrir posibles riesgos en operaciones financieras) y los instrumentos alternativos, estos últimos permitirán una mayor flexibilidad en la inversión en proyectos de infraestructura.
Se espera que la implementación de estas medidas permita alcanzar mayor eficiencia, menores comisiones para los afiliados, mayor cobertura y bienestar para los trabajadores, así como un mejor manejo de las inversiones de los fondos de los afiliados.