"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

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Notas de prensa y comunicados

MEF COLOCA BONOS SOBERANOS A TASAS DE RENDIMIENTO HISTÓRICAMENTE BAJAS

La subasta se implementó a través de las reaperturas del Bono Soberano 2023 con plazo al vencimiento de 11,0 años y una tasa cupón de 5,20%, y del Bono Soberano 2042 con un plazo de 29,7 años y una tasa cupón de 6,85%.

 

La adjudicación del Bono Soberano 2023 se efectuó al precio de 106,1894%, equivalente a una tasa de rendimiento del 4,46%, lo cual representa 22 puntos básicos por debajo de la tasa de la subasta anterior y la menor tasa a la cual se  haya colocado este bono históricamente.

 

El Bono Soberano 2042 se adjudicó a un precio de 121,9207%, equivalente a una tasa de rendimiento del 5,35%, es decir 9 puntos básicos por debajo de la colocación realizada el mes anterior.

 

Los participantes de la subasta presentaron una considerable demanda por ambos instrumentos de deuda.  En el caso del Bono 2023 las órdenes de compra ascendieron a S/. 402,1 millones superando con ello cuatro veces la oferta, mientras que para el Bono 2042 la demanda fue de S/. 248,0 millones, casi cinco veces el monto ofertado.

 

Incluyendo los montos asignados en segunda vuelta, el MEF logró colocar   S/. 147,0 millones del Bono 2023 y S/. 75,0 millones del Bono 2042, totalizando en conjunto S/. 222,0 millones.

 

La emisión de estos bonos es consistente con lo establecido en el Programa Anual de Endeudamiento y de Administración de Deuda para el año 2012 que viene implementando este ministerio.

 

Como en oportunidades anteriores, los resultados obtenidos se sustentan en la preferencia que muestran los inversionistas por instrumentos de deuda soberana en moneda local, de bajo riesgo, como el nuestro; y de otro lado representa la confianza y optimismo de los agentes económicos que actúan en el mercado doméstico de deuda pública peruana.

 

 

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Denisse Collantes (anexo 2173)   Sonia Gilvonio (anexo 2159)