"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Lima 04 de setiembre de 2013.- Con la finalidad de facilitar la incorporación de los trabajadores independientes al sistema de pensiones se aprobó un conjunto de medidas que perfeccionan la norma de afiliación de trabajadores independientes, al Sistema Privado de Pensiones (SPP) y al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), la misma que mantiene sus lineamientos generales, anunció el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla.
Explicó que, con el objetivo de ir creando consciencia entre los trabajadores, se dispone que su aporte al sistema de pensiones sea voluntario, hasta el 31 de julio de 2014, fecha a partir de la cual entra la norma en vigencia plena. “El trabajador tendrá un año para poder adecuarse, planificar, y para que el Estado provea la información que requiere el trabajador independiente, para una toma de decisión tan trascendental como puede ser la planificación del ahorro para la vejez”, remarcó.
Asimismo, detalló, se extiende para todos los trabajadores el beneficio de la gradualidad del aporte, bajo un cronograma más progresivo y al margen del nivel de ingreso. De esta manera los independientes que deseen continuar aportando o empiecen a hacerlo voluntariamente hasta el 31 de julio del 2014, podrán hacerlo con una tasa de aporte reducida, que será de 5% en caso esté afiliado el trabajador al SNP o de 2.5% si se afilió al SPP.
Posteriormente, a partir del 1 de agosto de 2014, regirá la obligatoriedad del aporte de independientes, bajo un cronograma de incremento gradual de la tasa, que se extendería hasta julio de 2017. Este esquema gradual se establecería mediante Decreto Supremo luego de la aprobación en el Congreso de la modificatoria a la Ley propuesta por el Ejecutivo. El esquema sería el siguiente:
Período |
Tasa de aporte al SNP1/ |
Tasa de aporte al SPP2/ |
Hasta julio de 2015 |
5% |
2.5% |
Hasta julio de 2016 |
7.5% |
5% |
Hasta julio de 2017 |
10% |
7.5% |
A partir de agosto de 2017 |
13% |
10% |
1/ Incluye todo gasto administrativo.
2/ No incluye la comisión de administración de las administradoras de fondos de pensiones ni la prima de seguro de invalidez y sobrevivencia.
Los aportes ya efectuados por los trabajadores independientes que se afiliaron al sistema de pensiones, forman parte de su ahorro, sigan o no aportando durante el periodo voluntario. Con las medidas aprobadas tendrán la oportunidad de continuar aumentando su aporte voluntariamente, si así lo consideran, o retomar su aportación a partir de agosto del próximo año. En cualquiera de los casos, los aportes realizados no se pierden.
El ministro Castilla negó tajantemente que exista un doble aporte, eso está prohibido por ley, esta precisión es respuesta a la preocupación de que suboficiales de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional han estado obligados a aportar al sistema previsional en adición al aporte que realizan a la Caja de Pensiones Militar-Policial.
Precisó que estas iniciativas se presentarán, hoy por la tarde a través de un proyecto de ley al Congreso de la República.
El titular del MEF recordó que los adultos mayores del país no tienen una pensión en la vejez, solo el 25% tiene una cobertura, por lo tanto el fin de la reforma es asegurar, en aquellos que tienen capacidad de contribuir, una pensión digna en la vejez. “Además, debemos recordar que la población peruana está envejeciendo, hoy en día el 9% de la población es mayor de 65 años, y ese porcentaje se va duplicar en los siguientes 30 años, a más de 18% de la población, por lo tanto, es urgente que el Gobierno Nacional pueda brindar soluciones de largo plazo a segmentos de la población vulnerable, como pueden ser los ancianos”, apuntó.
Se llevará adelante una campaña informativa detallada, y se espera que en este período de tiempo los trabajadores puedan afiliarse al sistema de pensiones, porque el beneficio para el independiente no solo es una pensión en la vejez sino poder, en forma inmediata, tener un seguro que ayude a su familia en caso que caiga en situación de invalidez o fallezcan, cubriendo también los gastos de sepelio.