"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
En este informe, en el caso de los estados de tesorería y de la deuda pública la Contraloría emitió un dictamen limpio, sin salvedades; pero en el caso de los estados presupuestarios y financieros consideró salvedades, en el primer caso, y presentó una abstención de opinión en el segundo caso.
Sobre los Estados Presupuestarios, la DGCP considera que no existe discrepancia entre la ejecución y el presupuesto inicial modificado de algunas entidades, correspondientes al año 2014, toda vez que previo a la elaboración de la Cuenta General de la República, al término de cada año fiscal, como lo determinan las normas, las entidades públicas y la DGCP conciliaron las cifras de los estados presupuestarios (presupuesto de apertura, presupuesto modificado y ejecución de ingresos y gastos) sin que se hayan presentado observaciones. Este resultado se respalda con el uso del Aplicativo Informático SIAF–SP, pues este no permite procesar los estados presupuestarios ni la conciliación con discrepancias en las cifras.
En tal sentido, no es correcto afirmar que hubo una mayor ejecución de gasto frente al presupuesto institucional modificado. Es más, revisando la información presentada para la Cuenta General 2014 por algunas entidades observadas en el informe de auditoría de la Contraloría, como es el caso de la Municipalidad Provincial del Cusco, se encuentra que el presupuesto institucional modificado fue de S/. 159’777,400 y la ejecución de gastos de S/. 145’763,400, por tanto, presenta saldos y no un sobregiro.
Respecto a la observación de que existen ingresos y gastos sin sustento documentario, se debe señalar que son las entidades gubernamentales y las empresas públicas financieras y no financieras quienes deben rendir cuentas de su ejecución presupuestaria y financiera, siendo responsables de que la ejecución de su gasto se ciña al marco legal vigente. Por lo tanto, una vez comunicado el informe de la Contraloría, sobre la Cuenta General 2014, la DGCP procedió a poner en conocimiento de las entidades las observaciones realizadas para su verificación.
Sobre los Estados Financieros, la DGCP considera que resulta inadecuada la opinión de la Contraloría respecto a que hubo una aplicación inconsistente de la directiva contable de revaluación de edificios y terrenos. Al respecto, se debe aclarar que con el objetivo de coadyuvar a la buena gestión financiera del Estado, la DGCP, en su rol rector en la materia, emitió en mayo de 2014 la Directiva de Revaluación de Edificios y Terrenos con el objetivo de reflejar de manera más aproximada la vida útil de los activos de propiedad del Estado e identificar/incorporar bienes no reconocidos previamente en la contabilidad, para reducir la brecha existente entre el costo histórico de los activos fijos estatales y su valor de mercado, sincerando el patrimonio del Estado.
Esta directiva, tomando en cuenta el criterio costo-beneficio del Estado, estableció cuatro métodos de revaluación de activos fijos: i) tasación, (ii) tasación realizada por profesionales de la entidad, (iii) factores de ajuste basados en índices emitidos por el INEI y CAPECO, (iv) utilización de los aranceles municipales, los cuales se aplican en orden de prelación y según las necesidades y posibilidades presupuestales de cada entidad. Esta directiva es coherente con la norma contable aceptada internacionalmente, y se encamina hacia el cumplimiento de las normas internacionales y los estándares de la OCDE.
Es importante apuntar que el proyecto de la directiva se publicó en el portal web del MEF desde noviembre de 2013 hasta mayo de 2014, para recabar aportes y sugerencias. En dicho periodo no se recibió ningún comentario de la Contraloría, ni de otras entidades.
La correcta aplicación de esta directiva se verifica, además, en que existen sociedades auditoras que han emitido dictámenes limpios que incluyen la aplicación de esta directiva y que la Contraloría hizo suyos en su informe de auditoría que acompaña la Cuenta General 2014, esto ocurre en el caso del Poder Judicial, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Contraloría y la Universidad Nacional de Ingeniería, entre otros.
Incluso, para ayudar a la implementación de la directiva, la DGCP puso a disposición de las entidades un Aplicativo Informático que permite implementar la referida directiva, y se efectuaron acciones de capacitación a nivel nacional a las entidades gubernamentales y empresas públicas financieras y no financieras.
Como parte del proceso, y por aplicación de la Norma Internacional de Auditoria (NIA 260) y el “Manual de Auditoría Financiera Gubernamental” aprobado con la Resolución de Contraloría N° 445-2014-CG del 3 de octubre de 2014, la Contraloría General de la República debió comunicar sus observaciones respecto a las rendiciones de cuenta consideradas en la Cuenta General remitida para su evaluación, fin de que las entidades realicen las acciones correctivas de ser pertinentes. Esta acción no fue realizada por la Contraloría para el caso de la Cuenta General 2014, a diferencia de años anteriores.
Los informes de auditoría aportan observaciones y recomendaciones, que tienen por finalidad mejorar la gestión de las finanzas públicas.
OFICINA DE COMUNICACIONES