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Lima, 26 de marzo de 2019.- Para promover reglas claras que otorguen predictibilidad a los agentes económicos, el Poder Ejecutivo presentó hoy al Congreso el Proyecto de Ley de Control de Fusiones que busca promover la eficiencia económica en todos los mercados, a nivel nacional.
“Este proyecto del Poder Ejecutivo aporta a la discusión que se viene realizando en el Congreso de la República, pues contiene contribuciones importantes que buscan promover el funcionamiento eficiente de los mercados, evitando aquellas fusiones que puedan generar una restricción significativa de la competencia”, destacó el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva.
El Ministro agregó que las operaciones de concentración empresarial (fusiones, adquisiciones o similares) no generan efectos perniciosos per se. De hecho, normalmente pretenden alcanzar ganancias en eficiencia. Sin embargo, pueden presentarse escenarios donde generen una restricción significativa de la competencia.
De esta manera, el Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo propone un mecanismo de control de fusiones que considera las características particulares de la economía peruana. Esto implica contar con una finalidad clara, un umbral objetivo, un procedimiento ágil y transparente, una adecuada metodología de evaluación y, en general, reglas claras que otorguen predictibilidad a los agentes económicos y no afecten la economía y las inversiones.
La norma propuesta será aplicable a las fusiones que superen determinados umbrales de ventas y produzcan efectos en el territorio nacional, aun cuando dichas operaciones se hayan originado en el extranjero.
Estos umbrales se calculan sobre la base de las ventas totales a nivel nacional de las empresas involucradas. El umbral es de 118 mil UIT aplicable a las ventas conjuntas de todas las empresas involucradas, y 18 mil UIT a cada una de las ventas de al menos dos de las empresas involucradas. Además, la propuesta normativa considera la posibilidad de actualizar estos umbrales mediante decreto supremo, teniendo en consideración el dinamismo y las condiciones cambiantes de la economía.
En el proyecto también se define de manera clara qué se considera operación de concentración empresarial y qué no. Las operaciones incluidas son las fusiones, adquisiciones y todo acto que constituya un cambio permanente de control, entendido este como la posibilidad de ejercer influencia decisiva y continua sobre un agente económico.
Además, la propuesta de norma determina que el procedimiento de evaluación previa debe ser realizado antes de la ejecución de las operaciones de concentración empresarial. También se establece quiénes son los agentes económicos que deberán presentar la solicitud de autorización, así como los requisitos y plazos correspondientes.
Otro aspecto importante es que se establece la aplicación del silencio administrativo positivo. De esta manera, si la autoridad competente no emite pronunciamiento dentro del plazo establecido, la operación se entiende aprobada. Esta regla es importante para no afectar el funcionamiento eficiente de los mercados y es la que aplican Chile, Colombia, México, Argentina, Estados Unidos, entre otros.
Estas y otras medidas que se incluyen en la norma recogen las mejores prácticas recomendadas por la OCDE y la International Competition Network (ICN). Del mismo modo, se ha elaborado teniendo en consideración la legislación de los países de la Alianza del Pacífico y de los Estados Unidos de Norteamérica.
Finalmente, la propuesta incluye disposiciones para el fortalecimiento institucional del Indecopi, con la finalidad de garantizar la implementación y aplicación oportuna de la norma.
OFICINA DE COMUNICACIONES