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- Alrededor de 570 mil trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones se beneficiarían con el pago de aportes adeudados por entidades públicas.
- Se reconocerá la rentabilidad dejada de percibir por el atraso del pago de los aportes.
Lima, 21 de diciembre de 2019.- El Poder Ejecutivo estableció un Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Previsionales a los Fondos de Pensiones del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones adeudados por Entidades Públicas (REPRO AFP II), que podría beneficiar a más de 570 mil afiliados afectados por el incumplimiento de pago por las entidades del sector público.
Mediante el Decreto de Urgencia 030-2019 publicado hoy, se dispone que pueden acogerse al REPRO AFP II las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que no pagaron oportunamente los aportes de sus trabajadores a los fondos de pensiones privados considerando la deuda hasta el 31 de diciembre del 2019.
"Estos afiliados tendrán la certidumbre de que sus empleadores cumplirán con pagar sus aportes a los fondos de pensiones y, además, recibirán una rentabilidad promedio por el tiempo en que dichos recursos no fueron rentabilizados. De esta manera el Gobierno se preocupa por este problema social que a lo largo de muchos años ha venido afectando a un importante número de servidores públicos", señaló la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, quien agregó que las personas de la tercera edad y con discapacidad, tendrán prioridad en el proceso de devolución de estas deudas.
Agregó que el gobierno tiene como uno de sus lineamientos de trabajo la mejora de la calidad de vida de los peruanos, generando mayores y mejores oportunidades para todos, de esta manera se vienen tomando una serie de medidas desde en el ámbito de la salud, educación y en seguridad social. “Ahora estamos dando este paso para corregir un problema que afecta a los trabajadores y ex trabajadores públicos, y esperamos poder continuar avanzando en este sentido”, dijo la ministra Alva.
De acuerdo al Decreto de Urgencia, publicado hoy, las entidades públicas podrán acogerse al REPRO AFP II hasta el 10 de abril de 2020, y fraccionar sus deudas hasta en un máximo de 10 años, en cuyo caso tendrán que pagar los intereses correspondientes.
A diciembre de 2018 existen 1 917 entidades públicas que mantienen una deuda cierta actualizada, por aportes no efectuados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), ascendente a S/ 6 975 millones. El 44% de dicha deuda corresponde a unidades ejecutoras de los gobiernos regionales.
Reglamento y control
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP dictará el procedimiento operativo para la determinación del monto real de las deudas, en la forma y plazos que establezca el reglamento del REPRO AFP II.
El Decreto de Urgencia refiere que la Contraloría General de la República será la encargada de supervisar el cumplimiento del pago del REPRO AFP II, por lo que las entidades deberán rendir cuentas del gasto efectuado.
Este régimen de pago beneficiará a los afiliados, quienes podrán ver incrementados sus fondos de pensiones, lo que les servirá para acceder a mejores prestaciones en el SPP.
OFICINA DE COMUNICACIONES