"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Lima 06 de abril de 2020.- El Poder Ejecutivo publicó hoy el Decreto Legislativo N° 1455- que crea el Programa “Reactiva Perú” para Asegurar la Continuidad en la Cadena de Pagos ante el Impacto del COVID-19, que otorgará garantías a las empresas a fin de que puedan acceder a créditos de capital de trabajo, y puedan cumplir de esta manera con sus obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios.
La norma crea el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos – REACTIVA PERÚ, que cuenta con un monto de garantías de hasta S/ 30,000 millones. REACTIVA PERÚ es el programa de garantías más grande de nuestra historia y equivale a 4% del PBI.
Este programa de garantía complementa las medidas implementadas por el Poder Ejecutivo en apoyo de las empresas, tales como el subsidio de 35% a la planilla de las empresas con trabajadores que ganen hasta S/ 1,500. De esta forma, una vez levantada la medida de emergencia nacional, las empresas podrán acceder a créditos que le permitirá retomar actividades, protegiendo a sus trabajadores y moviendo nuevamente la economía.
Programa REACTIVA PERÚ
El Programa REACTIVA PERÚ garantiza nuevos créditos que otorguen las entidades del sistema financiero a la micro, pequeña, mediana y gran empresa hasta el 30 de junio de 2020. Esta garantía se canaliza a través de los siguientes mecanismos:
a) Garantías a las carteras de créditos que se implementan mediante fideicomiso.
b) Garantías individuales que se implementan mediante comisión de confianza u otro instrumento de similar naturaleza.
Esta medida incluye a distintos tamaños de empresas, y el monto total de los créditos que se garantizan a través del Programa REACTIVA PERÚ por empresa deudora no excede los S/ 10 millones.
La empresa beneficiaria no debe mantener deudas tributarias exigibles en cobranza coactiva mayores a 1 UIT al 29 de febrero de 2020.
Asimismo, tales empresas deben estar clasificadas en el Sistema Financiero, a igual fecha, en la central de riesgo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), en la categoría de "Normal" o "Con Problemas Potenciales" (CPP).
No son parte de este beneficio las empresas vinculadas a las entidades del sistema financiero, ni las empresas involucradas en caso de corrupción y delitos conexos.
Cabe señalar que las garantías del programa solo sirven de respaldo siempre que éstas se utilicen, de manera exclusiva, en operaciones del Banco Central de Reserva del Perú.
Además, es importante señalar que las garantías del programa se extinguen automáticamente en el caso que las declaraciones o documentos que originaron el otorgamiento de estas resulten falsos o inexactos. En la eventualidad que ya hubiesen sido ejercidas u honradas, los montos correspondientes deben ser restituidos por las entidades del sistema financiero.
Límites de la garantía
La garantía que otorga el programa REACTIVA PERÚ es a créditos en soles que las entidades del sistema financiero otorgan a favor de las empresas que requieran financiar la reposición de su capital de trabajo. Cubre como máximo el monto que resulte menor entre el monto equivalente a 3 veces la contribución anual de la empresa a EsSalud en el año 2019 y el monto equivalente a 1 mes de ventas promedio mensual del año 2019, de acuerdo con los registros de la SUNAT.
En el caso de las microempresas, para la determinación del límite de la garantía, se considera sólo el criterio del monto ventas promedio mensual señalado en el numeral precedente.
Asimismo, la garantía que otorga el Programa REACTIVA PERÚ cubre el saldo pendiente de pago del crédito otorgado, de acuerdo con el siguiente detalle:
Créditos por empresa (En S/.) | Garantías (%) |
Hasta 30,000 | 98% |
De 30,001 a 300,000 | 95% |
De 300,001 a 5´000,000 | 90% |
De 5 000,001 a 10’000,000 | 80% |
El plazo de los créditos que otorguen las entidades del sistema financiero a las empresas beneficiaras, no puede exceder de 36 meses, lo que incluye un período de gracia de intereses y principal de hasta 12 meses.
De esta manera, este programa de garantía permitirá, temporalmente, inyectarle importantes recursos a las empresas para que puedan hacer frente a sus problemas de liquidez y atender sus obligaciones debido a la contracción de ingresos generada por la emergencia nacional a raíz del COVID-19.
OFICINA DE COMUNICACIONES