"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Con la finalidad de promover la ejecución de proyectos de inversión pública mediante el mecanismo de Obras por Impuestos (OxI), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), publicó el 07 de mayo de 2020 mediante Resolución Directoral Nº 003-2020-EF/52.06, las disposiciones para la emisión electrónica de los Certificados de Inversión Pública Regional Local, Gobierno Nacional y Documentos Cancelatorios que soliciten las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Municipalidades, Mancomunidades Municipales y Regionales y las Universidades Públicas, de acuerdo a la Décima Octava Disposición Complementaria y Final del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230.
De este modo, las entidades públicas podrán agilizar el trámite de la solicitud para la emisión del CIPRL y el CIPGN ante la Dirección General de Tesoro Público (DGTP), así como el ahorro de tiempo en el recojo de dichos certificados y su entrega a las empresas privadas.
Cabe indicar que, a partir del 18 de mayo del 2020, la emisión de los CIPRL y CIPGN solicitada por las entidades públicas ante la DGTP se realizará de manera electrónica a través de la plataforma de documentos valorados contenida en la siguiente dirección electrónica: https://apps4.minco.gob.pe/ciprlapp.
Para el caso de CIPRL o CIPGN vigentes emitidos de manera física pueden ser aplicados a SUNAT únicamente hasta el 31 de mayo del 2020, con posterioridad a dicha fecha, el tenedor deberá solicitar a la DGTP su canje por otro documento emitido de manera electrónica, el cual mantiene las condiciones de vigencia y negociabilidad de los documentos canjeados.