"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Lima 15 de enero de 2021.- El Poder Ejecutivo observó la autógrafa de ley aprobada por el Congreso de la República que establece la migración automática de los trabajadores del régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a los regímenes laborales de los decretos legislativos N° 728 y N° 276, debido a que contraviene el mandato constitucional que establece que el Poder Legislativo no tiene iniciativa de gasto público y porque desnaturaliza el proceso de tránsito que viene realizando la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) para la modernización del Estado.
En efecto, esta iniciativa legislativa transgrede el artículo 79 de la Constitución Política del Perú, que señala que los representantes del Congreso de la República no tienen la potestad de presentar iniciativas que creen ni aumenten gasto público.
La autógrafa de ley representa un gasto adicional no programado de S/ 4 244 millones anuales, de manera permanente, que provendrían del Tesoro Público, afectando el principio de equilibrio presupuestario recogido por el artículo 78 de la Constitución Política del Perú. Además, atender dicho requerimiento conllevaría a reducir el presupuesto a otros sectores prioritarios, como salud y educación.
Cabe indicar que el sustento de la norma no cuenta con un análisis de costo-beneficio que señale cuántos recursos conllevará la incorporación del personal CAS a los regímenes laborales de los decretos legislativos N° 276 y N° 728. Tampoco se sustenta la disponibilidad de créditos presupuestarios suficientes en el presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, que deberían existir para sostener el financiamiento que la medida genera.
Modernización del Estado
La autógrafa de ley aprobada por el Congreso también atenta contra la competencia exclusiva del Ejecutivo para diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno. De esta manera, la norma altera la política de modernización del Estado que viene llevando a cabo Servir, que establece una migración meritocrática de los trabajadores bajo el régimen CAS hacia el régimen del Servicio Civil, en los casos que se requiera de puestos permanentes.
Además, una incorporación automática de los trabajadores CAS a los regímenes laborales de los decretos legislativos N° 276 y N° 728 vulnera la naturaleza temporal de estos contratos y los convierte en permanentes pese a que no exista tal necesidad por parte de las entidades públicas, con el consiguiente sobrecosto para el Estado y para la ciudadanía.
En este sentido, la norma del Congreso atenta contra la misión de Servir de dimensionar el tamaño que debe tener cada institución del Estado en lo referente a recursos humanos.
Cabe indicar que el régimen del Servicio Civil, además de impulsar una reforma integral en funciones, procesos y perfil profesional, permite llevar a cabo un paso gradual de los trabajadores a este régimen, a fin de no generar una presión fiscal excesiva, sino programada.
OFICINA DE COMUNICACIONES