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Lima, 18 de febrero de 2021.- La Comisión Multisectorial del Ejecutivo, conformada por el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio de la Producción, dispuso mediante Decreto Supremo N° 002-2021-MINCETUR la no aplicación de una medida de salvaguardia provisional sobre las importaciones de confecciones.
De conformidad con lo establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo N° 020-98-ITINCI y modificatorias, y dentro del plazo previsto, la Comisión Multisectorial evaluó el Informe Técnico de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de las Barreras Comerciales No Arancelarias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (CDB INDECOPI), con la finalidad de determinar si se cumplieron las condiciones necesarias para la aplicación de una medida de salvaguardia provisional.
De acuerdo al análisis realizado por la Comisión Multisectorial sobre el Informe Técnico, en esta etapa de la investigación no se separó ni distinguió plenamente los efectos perjudiciales de otros factores durante el periodo de análisis, incluido el relacionado a la pandemia originada por la COVID-19. Esta circunstancia no permite acreditar la existencia de pruebas claras de la relación causal entre el aumento de las importaciones y el daño grave o amenaza de daño sobre la rama de producción nacional.
Cabe recordar que, de acuerdo a la Organización Mundial de Comercio (OMC), las medidas de salvaguardia se definen como medidas “de urgencia” que se aplican cuando el aumento en las importaciones de determinados productos, hayan causado o amenacen causar un daño grave a la rama de producción nacional. Es por ello que la Comisión Multisectorial decidió no aplicar la medida de salvaguardia provisional sobre las importaciones de confecciones en esta etapa del procedimiento de investigación, el que deberá continuar con la evaluación de los requisitos establecidos en el Acuerdo de Salvaguardias.
Luego de esta etapa, y con la publicación del Decreto Supremo Nº 002-2021-MINCETUR, la CDB INDECOPI continuará con su investigación, a partir de la cual emitirá un informe final. Dicho informe deberá pasar nuevamente a la Comisión Multisectorial quien tomará la decisión final.
OFICINA DE COMUNICACIONES