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Notas de prensa y comunicados

Poder Ejecutivo propone medida para que no paguen IR las personas naturales cuyo único ingreso sea el alquiler de un inmueble hasta por un monto de S/ 2 566 mensuales

NOTA DE PRENSA



Poder Ejecutivo propone medida para que no paguen IR las personas naturales cuyo único ingreso sea el alquiler de un inmueble hasta por un monto de S/ 2 566 mensuales



Lima, 04 de noviembre de 2021.- En el desarrollo de la delegación de facultades solicitadas por el Poder Ejecutivo al Congreso de la República, el gobierno propondrá medidas de apoyo para las personas de menores ingresos, como aquellas que tienen como único ingreso el alquiler de un inmueble. En la actualidad, el Impuesto a la Renta (IR) de Primera Categoría que grava a los alquileres funciona con una tasa fija que se paga por cada transacción, y que es igual tanto para quienes tienen el ingreso por alquiler de una propiedad como único medio de subsistencia, como para quienes tienen grandes ingresos por el alquiler de inmuebles y otras fuentes de renta. Uno de los principios de la política tributaria del país es la progresividad, la cual hace referencia a que la carga tributaria sea según la capacidad contributiva de cada persona. En el Perú la tributación de las rentas del trabajo es progresiva, ya que tributan con tasas que se van incrementado según aumentan los ingresos de los contribuyentes. En ese sentido, una medida propuesta es que a las rentas de primera categoría (arrendamiento de bienes muebles e inmuebles) se aplique la escala progresiva acumulativa que se aplica a la sumatoria de las rentas de cuarta categoría (trabajo independiente), rentas de quinta categoría (trabajo dependiente) y las rentas de fuente extranjera. De esta manera a las rentas por arrendamiento también se les aplicaría la deducción anual de 7 UIT (S/ 30 800), con porcentajes de pago mayores a quienes perciben altos ingresos. Esto permitirá que el impuesto a los alquileres sea progresivo y más justo, ya que solo pagarían las personas que sobrepasen determinado umbral. En el caso de las personas que solo tienen como ingresos mensuales el alquiler de un inmueble menores a S/ 2 566, esta no pagaría impuesto, con lo cual se eliminaría su pago actual de 5% del alquiler que le representa un pago de impuesto de hasta S/ 128 mensuales. Con esta modificación se logra dar progresividad a las rentas por arrendamiento, además que se iguala su tratamiento tributario al que actualmente tienen las rentas del trabajo. La medida propuesta, busca que el impuesto que se aplica a los arrendamientos sea un impuesto progresivo. De esta manera, quienes tienen menores ingresos pagarán poco o nada, y quienes tienen altos ingresos, pagarán más.



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