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Notas de prensa y comunicados

Gobierno otorga bono extraordinario de S/ 210, por única vez, para trabajadores formales con remuneración bruta de hasta S/ 2 000

NOTA DE PRENSA



Gobierno otorga bono extraordinario de S/ 210, por única vez, para trabajadores formales con remuneración bruta de hasta S/ 2 000



Lima, 14 de noviembre de 2021.-Con el objetivo de brindar un apoyo y elevar el poder adquisitivo de los trabajadores formales de bajos ingresos, en estos últimos meses del año, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia N° 105-2021, “Decreto de Urgencia que establece el otorgamiento de un bono extraordinario a favor del personal formal del sector privado y del sector público con menores ingresos”, mediante el cual se otorga un bono extraordinario de S/ 210, por única vez, a los trabajadores con una remuneración o ingreso bruto mensual de hasta S/ 2 000 al mes de octubre. El otorgamiento del bono extraordinario es de carácter excepcional y por única vez, esto es, se prevé que este bono extraordinario se otorgue a cada trabajador que cumpla con las condiciones previstas en el decreto de urgencia en un determinado periodo, con la finalidad de incrementar su poder adquisitivo a través del incremento de sus ingresos reales. Cabe mencionar que el gobierno tenía previsto otorgar un apoyo dinerario temporal de S/ 70 mensual, por un periodo de 3 meses, a los trabajadores formales con sueldos de hasta S/2000. De este modo se beneficiará a los trabajadores, principalmente, de micro y pequeñas empresas (Mypes) que actualmente perciben un sueldo mínimo (S/ 930). Considerando que, por temas coyunturales internacionales y los efectos de la COVID-19, la capacidad de los trabajadores de menores ingresos se ha visto afectada, el gobierno consideró entregar este apoyo dinerario antes mencionado en un pago único de S/ 210 (juntando los pagos de S/70 mensual que se proyectaba hacer en 3 meses consecutivos). Por lo tanto, se adelanta y se hace un pago único orientado a cubrir el aumento del costo de la canasta de los trabajadores de menor remuneración relativa, por un periodo de 3 meses. La norma precisa que el monto del bono extraordinario percibido por el trabajador no altera el monto de la remuneración laboral a la que tiene derecho, así como a la declaración, cálculo y pago de los beneficios laborales, tributos, aportes o contribuciones previstas en el ordenamiento legal. En cuanto a la operatividad del pago del bono para los trabajadores del sector privado, se considera que este monto sea otorgado como transferencia directa a cargo del Estado hacia el trabajador beneficiario, a través de EsSalud como ejecutor de su operatividad e intermediario de los desembolsos -realizados a través de las entidades del sistema financiero- a los beneficiados; sin imponer cargas u obligaciones a los trabajadores y empleadores del sector privado, así como tampoco asociar en la práctica el pago de este bono a concepto remunerativo alguno. Se prevé que la propuesta beneficiaria a alrededor de 3 millones de trabajadores, lo que cubre a más del 80% del empleo formal privado registrado en el tercer trimestre de 2021.



OFICINA DE COMUNICACIONES