"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Lima, 13 de abril del 2022.- Tras la aprobación del proyecto de ley del Poder Ejecutivo que Exonera del Impuesto General a las Ventas (IGV) a algunos alimentos de la Canasta Básica Familiar por el Congreso de la República, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicará la lista de los insumos principales que puedan utilizar el crédito fiscal en cada bien exonerado del IGV.
De acuerdo a la norma aprobada, en su segunda disposición complementaria final, se especifica que, mediante decreto supremo, el MEF establecerá las normas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la ley, focalizando la medida en aquellos insumos de mayor relevancia.
En ese sentido, se otorgará un crédito fiscal a los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes que temporalmente se exonerarán del IGV, a fin de que no incremente el costo final del bien.
Con ese objetivo, se vienen llevando a cabo reuniones técnicas de trabajo con las asociaciones de productores y gremios empresariales a fin de identificar aquellos insumos esenciales de los productos afectos a la exoneración.
Se debe recordar que el proyecto establece medidas extraordinarias y temporales para atenuar el impacto inflacionario generado por la coyuntura económica internacional de alimentos que forman parte importante de la canasta básica familiar que han tenido un significativo aumento de precios en los últimos meses. En ese sentido, se enfoca en 5 alimentos, que han subido de precio y tienen gran incidencia de consumo para los hogares: la carne de pollo, los huevos frescos, el azúcar, los fideos (pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar) y el pan.
La exoneración temporal del IGV de estos alimentos permitirá atenuar el incremento de precios registrado en los últimos meses y dar alivio económico a los hogares. Esta medida se debe a que las condiciones de incremento de precios de los últimos meses son extraordinarias, temporales y responden sobre todo a un contexto internacional, cuyos factores deberían disiparse en el corto plazo.
Cabe resaltar que esta exoneración temporal del IGV es parte de un conjunto de medidas que se vienen implementando para mitigar el impacto del incremento de los precios. Mediante Decreto Supremo N° 002-2022-EM, promulgado el pasado 28 de marzo, el Poder Ejecutivo incluyó a las gasolinas de 84 y 90 octanos, al gasohol de 84 octanos y al GLP a granel en el Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles (FEPC); además, se estableció que la banda FEPC del Diésel se mantuviera estable hasta fines de abril.
Otra medida tomada ha sido incremento del vale de descuento FISE de S/ 20 a S/25 por balón de gas, lo que beneficiará a cerca de 800 mil familias de bajos ingresos a nivel nacional que podrán adquirir balones de gas pagando menos.
Además, se ampliará el acceso de este vale de descuento a las ollas comunes, y se realizará una asignación temporal a los beneficiarios de los programas sociales que maneja el gobierno, con lo cual se impactaría a cerca de 1,3 millón de personas. También dentro de las medidas focalizadas para atender a los hogares más vulnerables de la población y atenuar el efecto de la inflación, se viene trabajando junto al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) a fin de otorgar un mayor presupuesto para las ollas comunes y los comedores populares, así como fondos adicionales a los distintos programas sociales (Pensión 65, Juntos, Contigo).
Todas estas medidas que se están tomando de manera focalizada, responsable, para atender a la población más vulnerable que se ve afectada por el alza de precios de los alimentos, manteniendo además la responsabilidad en el manejo fiscal, que es uno de los compromisos del actual gobierno.
OFICINA DE COMUNICACIONES