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Notas de prensa y comunicados

MEF publica reglamento operativo que pone en marcha el programa Impulso MYPERU que otorgará garantías para créditos a mypes

  • - Gobierno Nacional destinará S/ 2 000 millones para garantizar créditos otorgados por las entidades del sistema financiero y las cooperativas de ahorro y crédito.
  • - Se entregará un bono de buen pagador que permitiría reducir las tasas de interés entre 5 a 7 puntos porcentuales.

Lima, 13 de febrero de 2023.-El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el reglamento operativo de la Ley N° 31658, Ley que crea el Programa Impulso Empresarial Mype (Impulso MYPERU), poniendo en marcha recursos hasta por S/ 2 000 millones para el otorgamiento de garantías del Gobierno Nacional a fin de que las micro y pequeñas empresas (Mype) puedan acceder a créditos en las entidades del sistema financiero (ESF) y las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac).

El programa Impulso MYPERU, que forma parte de las medidas del plan Impulso Perú, otorgará garantías para créditos orientados a capital de trabajo, adquisición de activo fijo y consolidación de deuda de las Mype, buscando así promover su inclusión financiera. Asimismo, incluye un bono de buen pagador que permitiría reducir las tasas de interés entre 5 a 7 puntos porcentuales, a fin de fomentar la cultura de pago oportuno.

Esta es parte de un conjunto medidas que se vienen implementando con el objetivo de apoyar el proceso de recuperación económica y crecimiento de las Mype, empresas que son fundamentales en el tejido empresarial del país, y generadoras de un gran número de puestos de trabajo. Recientemente se transfirieron S/ 150 millones para fortalecer el Fondo MIPYME Emprendedor, a través de fondos concursables no rembolsables para la promoción de clústeres, CITEs, capital semilla, impulso a la innovación empresarial, mejora de la gestión y promoción para el acceso a mercados, entre otros.

Según cifras del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), se espera que el Programa Impulso MYPERU beneficie, a nivel nacional, a unas 140 mil Mypes.

El reglamento operativo del programa Impulso MYPERU señala que la garantía que se emita solo garantiza al proveedor de fondos, ESF y Coopac, cuyos recursos son utilizados para el otorgamiento de créditos en los siguientes porcentajes de cobertura:

a) Hasta S/ 30 000 con una cobertura de 98% por deudor.


b) Desde S/ 30 001 hasta S/ 90 000 con una cobertura de 90% por deudor

Los créditos garantizados por Impulso MYPERU pueden ser otorgados hasta el 31 de diciembre de 2023. Las garantías se asignan en función a las posturas presentadas por la ESF o COOPAC en las subastas que debe realizar COFIDE para el establecimiento de tasas de interés menores a las que se otorgan en el sistema financiero en beneficio de la Mype

El programa comprende a las mypes de todos los sectores económicos, que serán evaluados por las ESF y Coopac bajo los siguientes criterios de elegibilidad: i) tener 90% o más de sus operaciones con categoría Normal o CPP (Créditos con Problemas Potenciales); y, en caso de no contar con clasificación de riesgo, ii) la Mype debe haber estado en categoría normal en los 12 meses previos al otorgamiento del crédito.

Los créditos deben tener un plazo de pago igual o mayor a 12 meses y hasta 60 meses, con un período de gracia que no puede ser menor a 6 meses y llegar hasta 12 meses.

No son elegibles las Mype que tengan vinculación directa con la ESF o COOPAC que otorga el crédito, tengan inhabilitación para contratar con el Estado, tener créditos garantizados por el Estado y que ha sido honrados ante la falta de pago de la Mype o realicen actividades económicas comprendidas en la lista de exclusión (vinculadas a actividades socialmente negativas, afectación de la biodiversidad o atenten contra el patrimonio estala, entre otras).

Cabe indicar además que la aplicación del bono al buen pagador tiene como objetivo el reducir el costo efectivo del crédito para la Mype en al menos 5 puntos porcentuales con el monto autorizado para el subsidio que equivale a S/ 280 millones. El valor del bono se asigna y se hace efectivo en función del importe del crédito elegible, y es equivalente al 15% del monto del crédito o el monto de capital de las 2 últimas cuotas del cronograma de pagos, debiéndose aplicar el importe menor.

OFICINA DE COMUNICACIONES