"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Lima, 22 junio de 2023.- Mediante el Decreto de Urgencia N° 018-2023 publicado hoy, se dispuso la creación del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para incrementar su capacidad financiera y enfrentar un posible escenario extraordinario de necesidad de liquidez, producto de los efectos de un posible fenómeno El Niño, informó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
La creación de este Programa tiene un carácter preventivo, y su objetivo es permitir que las empresas del sector microfinanciero puedan afrontar un escenario extraordinario de necesidad de liquidez como consecuencia del impacto del anunciado Fenómeno El Niño y la disminución de capacidad de pago que puedan experimentar sus clientes.
De esta manera, se protegería a alrededor de 9 millones de depositantes, principalmente personas naturales, que cuentan con depósitos de ahorros por aproximadamente S/ 34 800 millones en estas entidades.
Bajo el Programa, se autoriza al MEF a otorgar Garantías del Gobierno Nacional para respaldar las operaciones de reporte con el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) hasta por S/ 2 646 millones, con las entidades del sistema financiero (Cajas Municipales, Cajas Rurales, Financieras, bancos de menor tamaño) y las Cooperativas de Ahorro y Créditos (COOPAC) con activos totales mayores a 32 200 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Las garantías no exceden el 80% de la cartera transferida en el marco del Programa. La garantía otorgada permanece vigente hasta que las operaciones de reporte realizadas con el BCRP hayan sido recompradas, y solo sirve de respaldo de forma exclusiva para operaciones de reporte realizadas con el BCRP.
Asimismo, la cartera que puede utilizarse para las operaciones de reporte con el BCRP corresponde a créditos otorgados a personas naturales o entes jurídicos, en moneda nacional o extranjera, que posean clasificación “Normal” de acuerdo con el último reporte crediticio del deudor enviado a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP por la entidad participante.
Las entidades podrán acogerse hasta el 30 de junio de 2024 y deberán comprometerse a recomprar al BCR la cartera transferida hasta el 30 de junio de 2025.
OFICINA DE COMUNICACIONES