Autorizan a COFIDE y a las Instituciones Financieras (IFIs) obligadas a gestionar la cobranza de la deuda refinanciada en el marco de lo dispuesto por el Reglamento de Uso del Programa de Rescate Financiero Agropecuario, a solicitar la suspensión de acciones de cobranza, respecto de la parte correspondiente a los recursos aportados por Tesoro Público al RFA