Autorizan a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público para que procese el Gasto Girado de los Devengados formalizados y registrados al 31 de diciembre de 2016 del Año Fiscal 2016 por las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, y Pliegos Presupuestarios de los Gobiernos Locales