"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

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Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras

1. ¿Cuál es el marco normativo que regula la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obra (PMBSO) en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA)?


La Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obra, aprobada por Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01 y modificada por la Resolución Directoral N° 0005-2022-EF/54.01 y Resolución Directoral N° 0003-2023-EF/54.01 (Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01), establece las disposiciones para que la Entidad del Sector Público u organización de la entidad programe sus necesidades de bienes, servicios y obras, por un periodo mínimo de tres (3) años, con la finalidad de lograr la previsión racional y trazabilidad de los bienes, servicios y obras que requieren para el cumplimiento de sus metas y objetivos estratégicos y operativos.

2. ¿Cuántas y cuáles son las fases de la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obra (PMBSO), para la elaboración del Cuadro Multianual de Necesidades?


De acuerdo con el artículo 11 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, la PMBSO se desarrolla en tres (3) fases: (i) Fase de Identificación, (ii) Fase de Clasificación y Priorización y (iii) Fase de Consolidación y Aprobación, a efectos de obtener el producto final que es el Cuadro Multianual de Necesidades de la Entidad Pública u organización de la entidad.

3. ¿Cuáles son los plazos para elaborar las fases de la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obra (PMBSO)?


La Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 establece que los plazos para elaborar las fases de la PMBSO son:

  • Fase de identificación: Inicia el primer trimestre del año anterior al periodo de la PMBSO y culmina como máximo el sétimo día hábil del mes de abril con la obtención del Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) - Fase de Identificación, salvo disposición distinta que comunique la DGA.
  • Fase de Clasificación y Priorización: Inicia cuando se comunica la Asignación Presupuestaria Multianual al área involucrada en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público y culmina como máximo el día hábil anterior al plazo establecido para cada nivel de gobierno, por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para el registro de información de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, con la obtención del CMN - Fase de Clasificación y Priorización.
  • Fase de Consolidación y Aprobación: Inicia una vez que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces comunica el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) al Área involucrada en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público y culmina dentro de los doce (12) días hábiles siguientes a la aprobación del PIA, con la obtención del producto final, el CMN.

4. ¿El Cuadro Multianual de Necesidades, tiene relación con el Plan Operativo Institucional (POI) para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras (PMBSO)?


De acuerdo con lo indicado en el artículo 7 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, la PMBSO se articula con el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y se interrelaciona con las etapas del POI; por tanto, en caso de bienes, servicios y obras, estos se articulan a través Actividades Operativas e Inversiones en el marco de las disposiciones que emita el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.

5. ¿Es obligatorio que las necesidades iguales o menores a ocho (8) UITS se programen en el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN)?


De acuerdo con lo establecido en el numeral 11.1. del artículo 11 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, la PMBSO es el componente del Sistema Nacional de Abastecimiento a través del cual se identifican, cuantifican y valorizan las necesidades, por un periodo mínimo de tres (03) años, a fin de lograr su previsión racional y trazabilidad, asimismo, el numeral 18.2. del artículo 18 señala que el Área involucrada en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público recibe, revisa y consolida la información registrada por las Áreas usuarias en el “CMN–Fase de Identificación”, independientemente de la fuente de financiamiento o el régimen legal que regule la adquisición; por lo tanto, en el CMN se encuentran incluidas todas las necesidades de bienes, servicios y obras, incluyendo las iguales o menores a ocho (8) UITs.

6. ¿La contratación de personal CAS debe estar incluida en el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN)?


El numeral 11.2 del artículo 11 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 establece que a través de la PMBSO se determinan los costos de bienes, servicios y obras necesarios para el cumplimiento de los objetivos institucionales, el funcionamiento y mantenimiento de la Entidad del Sector Público u organización de la entidad, así como el mantenimiento de los activos generados por la inversión pública. Por lo tanto, considerando que la ejecución de recursos por conceptos de recursos humanos, tales como planillas y CAS no han sido comprendidos bajo el ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento, no deberían ser incluidos en el CMN.

7. ¿Para la adquisición de bienes de ayuda humanitaria para atender a los damnificados de los huaicos o desborde del rio, es necesario que la entidad primero apruebe las modificaciones al CMN y posteriormente realice la gestión de contrataciones?


La Décima Disposición Complementaria Final a la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 establece que cuando se presente el supuesto de situación de emergencia, previsto en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, se puede realizar las contrataciones de bienes, servicios y obras que sean estrictamente necesarios, tanto para prevenir los efectos del evento a producirse, como para atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento que motiva la emergencia, sin que sea obligatorio que previamente se modifique el CMN aprobado.

Asimismo, la Entidad del Sector Público u organización de la entidad está obligada como máximo, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes de efectuada la entrega del bien, a regularizar la aprobación y publicación de la modificación al CMN, teniendo en cuenta las acciones y procedimientos establecidos en la Directiva.

8. ¿Es obligatorio que los Gobiernos Locales elaboren el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN)?


El literal f) del artículo 3 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 señala que la Directiva es de aplicación a los gobiernos locales, sus programas y proyectos especiales; por lo tanto, corresponde que las Municipalidades Provinciales y Distritales elaboren su CMN.