"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

PROGRAMA “Reactiva Perú”

  1. ¿Cuál es el objetivo del Programa “Reactiva Perú”?
    El Programa tiene como objetivo facilitar el acceso de las empresas a capital de trabajo, para el pago de sus obligaciones de corto plazo con los trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a efectos de asegurar la continuidad en la cadena de pagos.

  2. ¿Cuál es el monto que el Estado ha destinado para el Programa “Reactiva Perú”?
    El Programa contará, para el cumplimiento de su objetivo, con S/60,000 millones, equivalentes al 8% del PBI. 

  3. ¿Qué entidad administra el Programa de “Reactiva Perú”?
    La Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE) es la entidad a quien se ha encargado la administración de los S/ 60,000 millones para la garantía del Programa Reactiva Perú.

  4. ¿COFIDE también evalúa los créditos?
    No. La evaluación de las condiciones de las empresas para acceder a las líneas de crédito la realizan las entidades del sistema financiero, considerando principalmente su viabilidad y capacidad de pago.

  5. ¿Puedo acceder al Programa “Reactiva Perú” si no tengo historial crediticio?
    Sí. En caso no hayas accedido anteriormente a créditos en el sistema financiero, se considerará que tienes categoría “normal”, para acceder al crédito tendrás que ser evaluado por una empresa del sistema financiero participante en el Programa, la que determinará la viabilidad y capacidad de pago de tu empresa y calificar si eres sujeto de un crédito garantizado por el Programa.

  6. ¿Puedo acceder al Programa “Reactiva Perú” si soy una persona natural con negocio?

    Sí. “Reactiva Perú”, también permite el acceso a capital de trabajo para personas naturales con negocio, sujeto al historial de crédito y la evaluación de capacidad de pago.

  7. ¿Cuál es la tasa de interés que cobran las entidades del sistema financiero?
    La tasa de interés depende del monto del crédito y de la entidad financiera, fluctúa desde un mínimo de 0,50% hasta un máximo de 3,60%. A esta tasa se le añade 0,50% anual por la garantía.

  8. ¿Qué periodo de gracia se otorga a los créditos?
    Tendrás un periodo de gracia de 12 meses incluido el pago de intereses, y empezarás a pagar a tus cuotas después de ese periodo, en 24 cuotas mensuales

  9. ¿Cuánto es el monto máximo al que puedo acceder si tengo una microempresa?
    El monto máximo es equivalente a 3 meses de ventas registrados en la Sunat hasta un máximo S/90,000. También podrás utilizar como máximo, el monto equivalente a 2 meses de deuda promedio del año 2019, hasta un máximo de S/40 000.

 

CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA

  1. ¿Qué tipo de créditos puede garantizar el Programa “Reactiva Perú”?
    La cobertura de los créditos sólo aplica para nuevos préstamos en moneda nacional, destinados exclusivamente a la reposición de capital de trabajo.

  2. ¿Qué condiciones deben verificarse en una empresa para acceder a la evaluación de un crédito garantizado por “Reactiva Perú”?
    • Las empresas no deben tener deudas tributarias administradas por la Sunat, por periodos anteriores al 2020, exigibles en cobranza coactiva por un monto mayor a 1 UIT (S/4,300) al momento de solicitar el crédito a la Empresa del Sistema Financiero.
    • A febrero de 2020, las empresas deben estar clasificadas en el Sistema Financiero, en la central de riesgo de la SBS, en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales”.
    • Si las empresas no cuentan con clasificación a dicha fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” considerando los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo. También, se considerarán con categoría “Normal” aquellas que no cuenten con ninguna clasificación en los últimos 12 meses.
    • No estar vinculadas a la entidad del sistema financiero otorgante, así como empresas comprendidas en el ámbito de la Ley N° 30737.

  3. ¿Cuál es el monto del crédito que brinda el Programa “REACTIVA PERU” a empresas que requieran reponer su capital de trabajo?

    Cubre como máximo:
    • 3 meses de ventas promedio mensual del año 2019, de acuerdo con los registros de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
    • En el caso de créditos a microempresas, además del criterio anterior, también se puede utilizar el monto equivalente a 2 meses promedio de deuda del año 2019, según los parámetros establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para créditos a microempresas, hasta un máximo de S/ 40,000, el que resulte mayor. Cabe notar que el monto final del crédito a la empresa dependerá, además, de la evaluación de la entidad del sistema financiero de su capacidad de pago.

  4. ¿En el marco de ““Reactiva Perú”” qué empresas se consideran como microempresas?

    Son empresas que han accedido a créditos destinados a financiar actividades de producción, comercialización o prestación de servicios, cuyo endeudamiento en el sistema financiero (sin incluir créditos hipotecarios para vivienda) es no mayor a S/ 20,000 en los últimos seis meses. Esta definición incluye a personas naturales con negocio.

  5. ¿Cuál es la vigencia de la garantía?
    La vigencia de la garantía es por todo el período del préstamo, sujeto a que se mantengan las condiciones y requisitos.

  6. ¿Cuál es el monto máximo que puede cubrir la garantía a una empresa que desea obtener un crédito para reponer su capital de trabajo?
    El Decreto Supremo 124-2020-EF fijó los límites máximos de créditos en:

     

    Créditos por Empresa (En S/)
    Hasta 90,000
    De 90,001 a 750,000
    De 750,001 a 7´500,000
    De 7’500,001 a 10’000,000
    Garantías (%)
    98%
    95%
    90%
    80%

     

  7. ¿Cuál es la cobertura para los créditos a las microempresas?
    Las microempresas que están incluidas en el monto máximo de crédito de S/90,000, podrán acceder a una garantía de 98%.

  8. ¿Cuáles son las condiciones para activar la ejecución de la garantía en caso de incumplimiento?
    Se activará la ejecución de la garantía cuando la empresa deudora incumpla los pagos por 90 días calendario consecutivos.
    Ocurrido el incumplimiento por parte de la empresa, la Entidad del Sistema financiero - ESF solicitará a COFIDE activar la cobertura de la Garantía.
    La gestión de la cobranza de los créditos es obligación de las entidades del sistema financiero, debiendo agotar todos los medios disponibles y demostrar la debida diligencia en esta función.

  9. ¿Quién verifica los requisitos y condiciones?
    COFIDE y las entidades del sistema financiero son responsables de verificar el cumplimiento de las regulaciones del sistema financiero, así como asegurar las condiciones y requisitos que deben cumplir las empresas para acceder al Programa “Reactiva Perú”..

EXCLUSIONES

  1. ¿Qué empresas no pueden ser beneficiarias?
    • Empresas que tengan deudas tributarias administradas por la SUNAT, por períodos anteriores al año 2020, exigibles en cobranza coactiva que totalicen un importe mayor a 1 UIT (S/ 4,300).
    • Menos del 90% de sus operaciones crediticias en el sistema financiero presentan calificación de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP) en la Central de Riesgos de la SBS, a febrero de 2020.
    • Empresas vinculadas a la entidad del sistema financiero que otorga el préstamo.
    • Empresas comprendidas en el ámbito de la Ley N° 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos.
    • Empresas incluidas en la “Lista de Exclusión” que figura en el Anexo 1 que forma parte del Reglamento Operativo (Aprobado a través del Decreto Supremo N° 124-2020-EF)
    • Empresa que haya decidido distribuir dividendos o repartir utilidades durante la vigencia del crédito otorgado, salvo el porcentaje correspondiente a sus trabajadores de acuerdo a la legislación vigente.

  2. ¿Hay restricciones para el uso que las empresas den a los recursos obtenidos por el crédito garantizado por el Programa “Reactiva Perú”?
    Si. Existen restricciones. No pueden ser utilizados para financiar lo siguiente:
    • Adquisición de activos fijos.
    • Compra de acciones o participaciones en empresas, bonos y otros activos monetarios
    • Realización de aportes de capital.
    • Pago de obligaciones financieras vencidas con la entidad del sistema financiero.
    • Pre-pago de obligaciones financieras vigentes (deuda no vencida), antes de pagar el préstamo garantizado con el Programa.