"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

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Solicitud de Acceso a la Información Pública

Formulario virtual electrónico de Acceso a la Información Pública

Indicaciones:

Estimado usuario, al registrar la solicitud a través del Formulario Virtual Electrónico, es importante tener en consideración los aspectos que se describen a continuación; asimismo con la finalidad de efectuar las coordinaciones pertinentes, se recomienda consignar un número de teléfono y/o correo electrónico.

a) Horario de presentación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-JUS, la recepción de solicitudes a través de los canales digitales implementados se sujeta a las siguientes reglas para el cómputo del plazo:

  • Desde las 00:00 horas hasta el término del horario de atención de la entidad de un día hábil, se consideran recibidos el mismo día.
  • Después del horario de atención de la entidad hasta las 23:59 horas, se consideran recibidos el día hábil siguiente.
  • Los sábados, domingos, feriados o cualquier otro día inhábil, se consideran recibidos al primer día hábil siguiente.

b) Plazos de atención

El plazo de atención es de diez (10) días hábiles. Cuando sea materialmente imposible cumplir con el plazo antes señalado, por única vez la entidad comunicará al solicitante la fecha en que se proporcionará la información solicitada de forma debidamente fundamentada, en un plazo de dos (2) días hábiles de recibido el pedido de información.

c) Descripción de la solicitud

El pedido de información debe ser concreto y preciso, así como cualquier otro dato que propicie la localización o facilite la búsqueda de la información solicitada. No es necesario exponer los motivos que sustentan el requerimiento.

La solicitud no implica la obligación de las entidades de la Administración Pública de crear o producir (evaluar o analizar) información con la que no tenga la obligación de contar en dicho momento.

d) Subsanación de requisitos

La solicitud que no cumpla con los requisitos (nombres, apellidos completos, número de documento de identidad, domicilio, expresión concreta y precisa del pedido u otro dato que facilite la búsqueda, huella o firma si se presenta en ventanilla) puede ser subsanada dentro de los dos días hábiles de comunicada la observación; caso contrario se tendrá por no presentada, procediéndose al archivo de la misma. El plazo para la atención se empezará a computar a partir de la subsanación de defecto u omisión.

Asimismo, tratándose de personas jurídicas, se solicita indicar el nombre y número del documento de identidad de la persona que actúa en representación.

e) Costo de reproducción

Correo electrónico o si el administrado adjunta el medio de almacenamiento Gratuito
Copia simple (blanco y negro, por unidad) S/. 0.10
CD (unidad) S/. 1.00

El pago se realizará en efectivo, en la sede central del Ministerio, Jr. Junín N° 319, Lima, o en la cuenta del Banco de la Nación proporcionada con la liquidación respectiva.

f) Supuestos de denegación de información

  • La clasificada como secreta, que se sustente en razones de seguridad nacional.
  • La clasificada en el ámbito militar
  • La clasificada como reservada por razones de seguridad nacional en el ámbito del orden interno o de las relaciones externas del Estado.
  • La que contenga consejos, recomendaciones u opiniones producidas como parte del proceso deliberativo y consultivo previo a la toma de decisiones de gobierno, salvo que dicha información sea pública.
  • La protegida por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil.
  • La vinculada a investigaciones en trámite referidas al ejercicio de la potestad sancionadora de la Administración Pública.
  • La preparada u obtenida por asesores jurídicos o abogados de la entidad cuya publicidad pueda revelar la estrategia a seguir en un proceso administrativo o judicial.
  • La referida a datos personales cuya publicidad constituya una invasión de la intimidad personal o familiar.
  • Aquellas materias cuyo acceso esté expresamente exceptuado por la Constitución o por una Ley aprobada por el Congreso de la República.

g) Consultas

Las consultas adicionales pueden formularse de lunes a viernes, de 08:30 a.m. a 04:30 p.m. a través de la Central Telefónica 01-3115930.

Descargar la versión física del Formulario (PDF) : Solicitud de Acceso a la Información Pública.  (Modificado con R.M. N° 484-2017-EF/41)




OFICINA DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y ATENCIÓN AL USUARIO