Recibir y atender las quejas y sugerencias formuladas por los administrados relativas, a la actuación de las Administraciones Tributarias y el Tribunal Fiscal, a efecto que se cumplan, sin excesos, dentro del marco normativo vigente.
Velar para que las actuaciones de los diversos órganos de la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal se cumplan sin excesos dentro del marco normativo vigente.
Proponer al Ministro de Economía y Finanzas modificaciones normativas y procesales materia de su competencia.
Informar al Ministro de Economía y Finanzas sobre los recursos de queja contra el Tribunal Fiscal, formulados al amparo del inciso b) del artículo 155° del Código Tributario.
Atender oportunamente las quejas y sugerencias formuladas por los contribuyentes y usuarios aduaneros contra las Administraciones Tributarias y el Tribunal Fiscal, procurando que se corrijan aquellas acciones o conductas que afecten sus derechos.