Estas son las actividades permitidas durante la inmovilización social obligatoria, en el nivel de alerta extremo, conforme a las fases de reanudación de actividades económicas.
La lista de actividades entra en vigencia el domingo 31 de enero hasta el domingo 14 de febrero y para realizar estas actividades debes solicitar tu pase laboral a partir del 31 de enero.
Agricultura, pecuario, caza y silvicultura:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.
Pesca y acuicultura:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.
Energía, hidrocarburos y minería:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.
Manufactura primaria y no primaria:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.
Construcción:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística).
Actividades de arquitectura e ingeniería para trámites de licencias, supervisión, inspección de obra y levantamiento de información.
Comercio:
Mantenimiento y reparación de vehículos no motorizados, vehículos automotores y motocicletas.
Servicios de adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
Servicios a la ciudad:
Evacuación de aguas residuales.
Captación, tratamiento y distribución de agua.
Actividades de prevención de riesgos de desastres.
Mantenimiento de espacios públicos y áreas verdes.
Limpieza y recojo de residuos sólidos.
Servicios generales:
Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
Servicios y establecimientos de salud, incluye odontología, rehabilitación, reproducción asistida, diagnóstico, oftalmología, veterinarias.
Actividades de producción, almacenamiento, comercialización, transporte, y distribución para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, gas de uso doméstico y combustibles.
Medios de comunicación.
Entidades financieras, seguros y pensiones y actividades conexas.
Transporte de carga, mercancías y actividades conexas.
Transporte de pasajeros por vía férrea, marítima y fluvial, incluye cabotaje.
Transporte de caudales.
Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo, férreo, terrestre, marítimo y fluvial, incluye cabotaje.
Actividades aeronáuticas no comerciales.
Actividades relacionadas al transporte aéreo.
Actividades de mensajería (servicio postal, encomiendas, delivery).
Servicio de transporte de mercancías destinados para actividades de mudanza, traslado de enseres o afines.
Hoteles categorizados, hospedaje (apart hotel) y transporte turístico para actividades esenciales.
Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados.
Actividades de telecomunicaciones y actividades conexas, incluye reparación.
Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores.
Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias, equipos y bienes tangibles.
Actividades de seguridad privada.
Servicios de transporte, distribución y venta de medios de comunicación impresos.
Actividades de servicio de sistemas de seguridad.
Actividades de soporte de TI y reparación de equipos de cómputo.
Servicios funerarios.
Servicios notariales.
Servicios de reciclaje.
Actividades de envase y empaque.
Servicios de almacenamiento de abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.
Servicios de carpintería, gasfitería, electricidad, mantenimiento de artefactos y reparación de equipos, incluye mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
Servicios de lavandería, ferreterías, servicios de limpieza.
Actividades de centrales telefónicas, incluye call centers con 50% de aforo.
Actividades jurídicas. Las entrevistas de abogados defensores con personas privadas de libertad en establecimientos penitenciarios se realizan virtual o telefónicamente, con arreglo a Ley.
Ensayos y análisis técnicos para las actividades económicas permitidas.
Investigación, innovación y desarrollo experimental relacionadas a las actividades económicas permitidas.
Actividades de las sedes centrales.
Actividades combinadas de apoyo a instalaciones asociadas a los servicios de limpieza, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines.
Bancos y entidades financieras.
Delivery:
Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos.
Restaurantes y afines.
Tiendas de abastecimientos de productos básicos, supermercados, bodegas y farmacias.
Importante
Inmovilización social obligatoria: hasta el 30 de enero de 2021, de lunes a domingo, no podrás movilizarte por la calle de acuerdo al nivel de alerta del lugar donde vivas en los siguientes horarios:
- Moderada: Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Loreto, San Martín y Ucayali, de 11:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
- Alta: Arequipa, Apurímac, Cajamarca, Provincia del Callao, Cusco, Huánuco, La Libertad, Lima Metropolitana, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tumbes, de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
- Muy alta: Ancash, Ica, Junín, Lambayeque, Lima provincias, Piura y Tacna, de 7:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente. En esta zona, la inmovilización es total durante los domingos.
Restricción vehicular: en las zonas de alerta alta y muy alta, está prohibido el uso de vehículos particulares los días domingos. Puedes salir solo si necesitas atención médica urgente o de emergencia, por encontrarse en grave riesgo tu vida o salud, o para adquirir medicamentos.
Revisa las nuevas medidas para enfrentar la pandemia desde el 31 de enero de 2021.
Protege la vida de nuestros hermanos con factor de riesgo: niños, adultos mayores, pacientes con enfermedad crónica, cáncer o inmunosupresión. #NoBajemosLaGuardia.
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